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🗺️ Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018) · BOE-A-2018-15138

Artículo 112 del Estatuto de Autonomía de CanariasRelaciones con entidades religiosas

Texto vigente

1. La Comunidad Autónoma de Canarias podrá establecer mecanismos de colaboración y cooperación con las entidades religiosas legalmente reconocidas, que lleven a cabo su actividad en el ámbito territorial de Canarias, en el marco establecido por la legislación estatal.

2. La Comunidad Autónoma de Canarias podrá participar en la gestión del Registro Estatal de Entidades Religiosas, con relación a las iglesias, las confesiones y las comunidades religiosas que lleven a cabo su actividad en el territorio de Canarias, en los términos que determinen las leyes.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 112. Relaciones con entidades religiosas (apartado 1)

Artículo 112 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Contenido1/5

La Comunidad Autónoma de Canarias podrá establecer mecanismos de colaboración y cooperación con las entidades religiosas legalmente reconocidas, que lleven a cabo su actividad en el ámbito territorial de Canarias, en el marco establecido por la legislación estatal.

Completa el hueco2/5

La Comunidad Autónoma de Canarias podrá establecer mecanismos de ________ y cooperación con las entidades religiosas legalmente reconocidas, que lleven a cabo su actividad en el ámbito territorial de Canarias, en el marco establecido por la legislación estatal.

Artículo 112 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Respuesta2/5

colaboración

«La Comunidad Autónoma de Canarias podrá establecer mecanismos de colaboración y cooperación con las entidades religiosas legalmente reconocidas, que lleven a cabo su actividad en el ámbito territorial de Canarias, en el marco establecido por la legislación estatal.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Relaciones con entidades religiosas»?

Artículo 112 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Respuesta3/5

Artículo 112

Información4/5

Artículo 112. Relaciones con entidades religiosas (apartado 2)

Artículo 112 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Contenido4/5

La Comunidad Autónoma de Canarias podrá participar en la gestión del Registro Estatal de Entidades Religiosas, con relación a las iglesias, las confesiones y las comunidades religiosas que lleven a cabo su actividad en el territorio de Canarias, en los términos que determinen las leyes.

Completa el hueco5/5

La Comunidad Autónoma de Canarias podrá participar en la gestión del Registro Estatal de Entidades Religiosas, con relación a las iglesias, las ________ y las comunidades religiosas que lleven a cabo su actividad en el territorio de Canarias, en los términos que determinen las leyes.

Artículo 112 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Respuesta5/5

confesiones

«La Comunidad Autónoma de Canarias podrá participar en la gestión del Registro Estatal de Entidades Religiosas, con relación a las iglesias, las confesiones y las comunidades religiosas que lleven a cabo su actividad en el territorio de Canarias, en los términos que determinen las leyes.»

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