🗺️ Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007) · BOE-A-2007-8444
Disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía de Aragón
Texto vigente
1. Con la finalidad de transferir a la Comunidad Autónoma de Aragón las funciones y atribuciones que le corresponden de acuerdo con el presente Estatuto, se creará una Comisión Mixta de Transferencias paritaria integrada por representantes del Estado y de la Comunidad Autónoma. Dicha Comisión establecerá sus normas de funcionamiento. Los representantes de la Comunidad Autónoma en la Comisión darán cuenta periódicamente de su gestión ante las Cortes de Aragón.
La Comisión Mixta establecerá las condiciones, los calendarios y plazos y los medios personales y materiales necesarios para el traspaso de cada servicio.
2. Los acuerdos de la Comisión Mixta adoptarán la forma de propuesta al Gobierno de España, que los aprobará mediante decreto, figurando aquéllos como anejos al mismo y serán publicados simultáneamente en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Aragón», adquiriendo vigencia a partir de esta última publicación.
3. Será título suficiente para inscripción en el Registro de la Propiedad del traspaso de bienes inmuebles del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón la certificación por la Comisión Mixta de los acuerdos gubernamentales debidamente promulgados. Esta certificación deberá contener los requisitos exigidos por la Ley Hipotecaria.
El cambio de titularidad en los contratos de arrendamiento de locales para oficinas públicas de los servicios que se transfieran no dará derecho al arrendador a extinguir o renovar el contrato.
4. La transferencia o delegación de servicios del Estado implicará la subrogación de la Comunidad Autónoma en la titularidad de las correspondientes relaciones jurídicas.
Flashcards de este artículo
Disposición transitoria segunda (apartado 1)
Con la finalidad de transferir a la Comunidad Autónoma de Aragón las funciones y atribuciones que le corresponden de acuerdo con el presente Estatuto, se creará una Comisión Mixta de Transferencias paritaria integrada por representantes del Estado y de la Comunidad Autónoma. Dicha Comisión establecerá sus normas de funcionamiento. Los representantes de la Comunidad Autónoma en la Comisión darán cuenta periódicamente de su gestión ante las Cortes de Aragón. La Comisión Mixta establecerá las condiciones, los calendarios y plazos y los medios personales y materiales necesarios para el traspaso de cada servicio.
Con la finalidad de transferir a la Comunidad Autónoma de Aragón las funciones y atribuciones que le corresponden de acuerdo con el presente Estatuto, se creará una Comisión Mixta de ________ paritaria integrada por representantes del Estado y de la Comunidad Autónoma.
Transferencias
«Con la finalidad de transferir a la Comunidad Autónoma de Aragón las funciones y atribuciones que le corresponden de acuerdo con el presente Estatuto, se creará una Comisión Mixta de Transferencias paritaria integrada por representantes del Estado y de la Comunidad Autónoma.»
¿Qué artículo establece: «Con la finalidad de transferir a la Comunidad Autónoma de Aragón las funciones y atribuciones que le corresponden de acuerdo con el…»?
Disposición transitoria segunda
«Con la finalidad de transferir a la Comunidad Autónoma de Aragón las funciones y atribuciones que le corresponden de acuerdo con el presente Estatuto, se creará una Comisión Mixta de Transferencias paritaria integrada por representantes del Estado y de la Comunidad Autónoma.»
Disposición transitoria segunda (apartado 2)
Los acuerdos de la Comisión Mixta adoptarán la forma de propuesta al Gobierno de España, que los aprobará mediante decreto, figurando aquéllos como anejos al mismo y serán publicados simultáneamente en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Aragón», adquiriendo vigencia a partir de esta última publicación.
Los ________ de la Comunidad Autónoma en la Comisión darán cuenta periódicamente de su gestión ante las Cortes de Aragón.
representantes
«Los representantes de la Comunidad Autónoma en la Comisión darán cuenta periódicamente de su gestión ante las Cortes de Aragón.»
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- Disposición final
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.