🗺️ Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007) · BOE-A-2007-8444
Artículo 17 del Estatuto de Autonomía de AragónDerechos de consumidores y usuarios
Texto vigente
1. Todas las personas, como consumidoras y usuarias, tienen derecho a la protección de su salud y su seguridad.
2. La ley regulará el derecho de consumidores y usuarios a la información y la protección, así como los procedimientos de participación en las cuestiones que puedan afectarles.
Flashcards de este artículo
Artículo 17. Derechos de consumidores y usuarios (apartado 1)
Todas las personas, como consumidoras y usuarias, tienen derecho a la protección de su salud y su seguridad.
Todas las personas, como ________ y usuarias, tienen derecho a la protección de su salud y su seguridad.
consumidoras
«Todas las personas, como consumidoras y usuarias, tienen derecho a la protección de su salud y su seguridad.»
¿Qué artículo lleva por título «Derechos de consumidores y usuarios»?
Artículo 17. Derechos de consumidores y usuarios (apartado 2)
La ley regulará el derecho de consumidores y usuarios a la información y la protección, así como los procedimientos de participación en las cuestiones que puedan afectarles.
La ley regulará el derecho de consumidores y usuarios a la información y la protección, así como los ________ de participación en las cuestiones que puedan afectarles.
procedimientos
«La ley regulará el derecho de consumidores y usuarios a la información y la protección, así como los procedimientos de participación en las cuestiones que puedan afectarles.»
Otros artículos de CAPÍTULO I. Derechos y deberes de los aragoneses y aragonesas
- Artículo 11 · Disposiciones generales
- Artículo 12 · Derechos de las personas
- Artículo 13 · Derechos y deberes en relación con la cultura
- Artículo 14 · Derecho a la salud
- Artículo 15 · Derecho de participación
- Artículo 16 · Derechos en relación con los servicios públicos
- Artículo 18 · Derechos y deberes en relación con el medio ambiente
- Artículo 19 · Derechos en relación con el agua
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.