🗺️ Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007) · BOE-A-2007-8444
Artículo 12 del Estatuto de Autonomía de AragónDerechos de las personas
Texto vigente
1. Todas las personas tienen derecho a vivir con dignidad, seguridad y autonomía, libres de explotación, de malos tratos y de todo tipo de discriminación, y tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad y capacidad personal.
2. Todas las personas tienen derecho a las prestaciones sociales destinadas a su bienestar, y a los servicios de apoyo a las responsabilidades familiares para conciliar la vida laboral y familiar, en las condiciones establecidas por las leyes.
Flashcards de este artículo
Artículo 12. Derechos de las personas (apartado 1)
Todas las personas tienen derecho a vivir con dignidad, seguridad y autonomía, libres de explotación, de malos tratos y de todo tipo de discriminación, y tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad y capacidad personal.
Todas las personas tienen derecho a vivir con dignidad, seguridad y autonomía, libres de explotación, de malos tratos y de todo tipo de ________, y tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad y capacidad personal.
discriminación
«Todas las personas tienen derecho a vivir con dignidad, seguridad y autonomía, libres de explotación, de malos tratos y de todo tipo de discriminación, y tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad y capacidad personal.»
¿Qué artículo lleva por título «Derechos de las personas»?
Artículo 12. Derechos de las personas (apartado 2)
Todas las personas tienen derecho a las prestaciones sociales destinadas a su bienestar, y a los servicios de apoyo a las responsabilidades familiares para conciliar la vida laboral y familiar, en las condiciones establecidas por las leyes.
Todas las personas tienen derecho a las prestaciones sociales destinadas a su bienestar, y a los servicios de apoyo a las ________ familiares para conciliar la vida laboral y familiar, en las condiciones establecidas por las leyes.
responsabilidades
«Todas las personas tienen derecho a las prestaciones sociales destinadas a su bienestar, y a los servicios de apoyo a las responsabilidades familiares para conciliar la vida laboral y familiar, en las condiciones establecidas por las leyes.»
Otros artículos de CAPÍTULO I. Derechos y deberes de los aragoneses y aragonesas
- Artículo 11 · Disposiciones generales
- Artículo 13 · Derechos y deberes en relación con la cultura
- Artículo 14 · Derecho a la salud
- Artículo 15 · Derecho de participación
- Artículo 16 · Derechos en relación con los servicios públicos
- Artículo 17 · Derechos de consumidores y usuarios
- Artículo 18 · Derechos y deberes en relación con el medio ambiente
- Artículo 19 · Derechos en relación con el agua
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.