🗺️ Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007) · BOE-A-2007-5825
Artículo 198 del Estatuto de Autonomía de AndalucíaResiduos
Texto vigente
Corresponde a la Junta de Andalucía la planificación, supervisión y control de la gestión de los residuos urbanos e industriales. Se adoptarán los medios necesarios tanto para asegurar el cumplimiento de las normas como de las medidas para la reducción, reciclaje y reutilización de los residuos.
Flashcards de este artículo
Artículo 198. Residuos
Corresponde a la Junta de Andalucía la planificación, supervisión y control de la gestión de los residuos urbanos e industriales. Se adoptarán los medios necesarios tanto para asegurar el cumplimiento de las normas como de las medidas para la reducción, reciclaje y reutilización de los residuos.
Corresponde a la Junta de Andalucía la planificación, supervisión y control de la gestión de los residuos urbanos e ________.
industriales
«Corresponde a la Junta de Andalucía la planificación, supervisión y control de la gestión de los residuos urbanos e industriales.»
¿Qué artículo lleva por título «Residuos»?
Se adoptarán los medios necesarios tanto para asegurar el cumplimiento de las normas como de las medidas para la reducción, reciclaje y ________ de los residuos.
reutilización
«Se adoptarán los medios necesarios tanto para asegurar el cumplimiento de las normas como de las medidas para la reducción, reciclaje y reutilización de los residuos.»
¿Qué artículo establece: «Corresponde a la Junta de Andalucía la planificación, supervisión y control de la gestión de los residuos urbanos e industriales»?
Artículo 198. Residuos
«Corresponde a la Junta de Andalucía la planificación, supervisión y control de la gestión de los residuos urbanos e industriales.»
Otros artículos de TÍTULO VII. Medio ambiente
- Artículo 195 · Conservación de la biodiversidad
- Artículo 196 · Uso sostenible de los recursos naturales
- Artículo 197 · Producción y desarrollo sostenible
- Artículo 199 · Desarrollo tecnológico y biotecnológico
- Artículo 200 · Prevención de incendios forestales y lucha contra la desertificación
- Artículo 201 · Protección ante la contaminación
- Artículo 202 · Desarrollo rural
- Artículo 203 · Uso eficiente del suelo y sistemas integrales de transporte
- Artículo 204 · Utilización racional de los recursos energéticos
- Artículo 205 · Protección de los animales
- Artículo 206 · Incentivos y medidas fiscales
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.