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🎯 Reglamento de Armas (RD 137/1993) · BOE-A-1993-6202

Artículo 124 del Reglamento de Armas

Texto vigente

1. Las licencias C podrán autorizar un arma de las categorías 1.ª, 2.ª1 o 3.ª2, o las armas de guerra a las que se refiere el apartado 3 del articulo 6 de este reglamento, según el servicio a prestar, de conformidad con lo dispuesto en la respectiva regulación o, en su defecto, de acuerdo con el dictamen emitido por la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/12/2025. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 124

Artículo 124 · Reglamento de Armas (RD 137/1993)
Contenido1/1

Las licencias C podrán autorizar un arma de las categorías 1.ª, 2.ª1 o 3.ª2, o las armas de guerra a las que se refiere el apartado 3 del articulo 6 de este reglamento, según el servicio a prestar, de conformidad con lo dispuesto en la respectiva regulación o, en su defecto, de acuerdo con el dictamen emitido por la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos.

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 31/10/2009 por BOE-A-2009-17245.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (05/05/1993):

1. Las licencias C podrán autorizar un arma de las categorías 1.ª, 2.ª, 1, 2.ª1 o 3.ª, 2, 3.ª2, o las armas de guerra a las que se refiere el apartado 3 del articulo 6 de este reglamento, según el servicio a prestar, de conformidad con lo dispuesto en la respectiva regulación o, en su defecto, de acuerdo con el dictamen emitido por la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos. 2. Nadie podrá poseer más de una licencia C. En los casos en que las respectivas regulaciones permitan la posesión o utilización de un arma de la categoría 1.ª y otra de la 2.ª, 1, ambas serán amparadas por la misma licencia, si bien cada arma se documentará con su guía de pertenencia.

  1. Vigente desde 05/05/1993 · redacción original
  2. Vigente desde 31/10/2009 · modificado por BOE-A-2009-17245

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