🚓 LO 9/2015 de Régimen de Personal de la Policía Nacional · BOE-A-2015-8468
Artículo 21 de la LO 9/2015 de personal de la Policía NacionalEscalafón
Texto vigente
1. Los Policías Nacionales, cualquiera que sea su situación administrativa, deberán figurar en una relación escalafonal y circunstanciada, en la que se ordenarán por categorías y, dentro de cada una de ellas, por su antigüedad en la misma, entendiendo como tal el servicio efectivo prestado en la categoría de que se trate y atendiendo, en su caso, al número de promoción obtenido en el acceso a dicha categoría.
Esta relación se mantendrá actualizada y se publicará al menos anualmente, en la forma que reglamentariamente se establezca.
2. Los Policías Nacionales en situación de segunda actividad figurarán en un anexo de la citada relación.
Flashcards de este artículo
Artículo 21. Escalafón (apartado 1)
Los Policías Nacionales, cualquiera que sea su situación administrativa, deberán figurar en una relación escalafonal y circunstanciada, en la que se ordenarán por categorías y, dentro de cada una de ellas, por su antigüedad en la misma, entendiendo como tal el servicio efectivo prestado en la categoría de que se trate y atendiendo, en su caso, al número de promoción obtenido en el acceso a dicha categoría. Esta relación se mantendrá actualizada y se publicará al menos anualmente, en la forma que reglamentariamente se establezca.
Esta relación se mantendrá actualizada y se publicará al menos anualmente, en la forma que ________ se establezca.
reglamentariamente
«Esta relación se mantendrá actualizada y se publicará al menos anualmente, en la forma que reglamentariamente se establezca.»
¿Qué artículo lleva por título «Escalafón»?
Artículo 21. Escalafón (apartado 2)
Los Policías Nacionales en situación de segunda actividad figurarán en un anexo de la citada relación.
Los Policías ________ en situación de segunda actividad figurarán en un anexo de la citada relación.
Nacionales
«Los Policías Nacionales en situación de segunda actividad figurarán en un anexo de la citada relación.»
Otros artículos de CAPÍTULO III. Escalafón y Registro de Personal
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.