📄 Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público · BOE-A-2017-12902
Artículo 320 de la Ley de Contratos del Sector PúblicoDe la responsabilidad del contratista por defectos o errores del proyecto
Texto vigente
En los contratos de servicios consistentes en la elaboración íntegra de un proyecto de obra, se exigirá la responsabilidad del contratista por defectos o errores del proyecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314.
Flashcards de este artículo
Artículo 320. De la responsabilidad del contratista por defectos o errores del proyecto
En los contratos de servicios consistentes en la elaboración íntegra de un proyecto de obra, se exigirá la responsabilidad del contratista por defectos o errores del proyecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314.
En los contratos de servicios ________ en la elaboración íntegra de un proyecto de obra, se exigirá la responsabilidad del contratista por defectos o errores del proyecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314.
consistentes
«En los contratos de servicios consistentes en la elaboración íntegra de un proyecto de obra, se exigirá la responsabilidad del contratista por defectos o errores del proyecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314.»
¿Qué artículo lleva por título «De la responsabilidad del contratista por defectos o errores del proyecto»?
¿Qué artículo establece: «En los contratos de servicios consistentes en la elaboración íntegra de un proyecto de obra, se exigirá la responsabilidad del contratista por…»?
Artículo 320. De la responsabilidad del contratista por defectos o errores del proyecto
«En los contratos de servicios consistentes en la elaboración íntegra de un proyecto de obra, se exigirá la responsabilidad del contratista por defectos o errores del proyecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314.»
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