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📄 Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público · BOE-A-2017-12902

Artículo 316 de la Ley de Contratos del Sector PúblicoRégimen jurídico

Texto vigente

Los contratos de los poderes adjudicadores que no tengan la condición de Administraciones Públicas se regirán por las normas del presente Título.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 06/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 316. Régimen jurídico

Artículo 316 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Contenido1/4

Los contratos de los poderes adjudicadores que no tengan la condición de Administraciones Públicas se regirán por las normas del presente Título.

Completa el hueco2/4

Los contratos de los poderes adjudicadores que no tengan la condición de ________ Públicas se regirán por las normas del presente Título.

Artículo 316 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta2/4

Administraciones

«Los contratos de los poderes adjudicadores que no tengan la condición de Administraciones Públicas se regirán por las normas del presente Título.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Régimen jurídico»?

Artículo 316 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta3/4

Artículo 316

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Los contratos de los poderes adjudicadores que no tengan la condición de Administraciones Públicas se regirán por las normas del presente Título»?

Artículo 316 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta4/4

Artículo 316. Régimen jurídico

«Los contratos de los poderes adjudicadores que no tengan la condición de Administraciones Públicas se regirán por las normas del presente Título.»

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