Ir al generador

💶 Ley 58/2003 General Tributaria · BOE-A-2003-23186

Artículo 204 de la Ley General TributariaInfracción tributaria por incumplir el deber de sigilo exigido a los retenedores y a los obligados a realizar ingresos a cuenta

Texto vigente

1. Constituye infracción tributaria el incumplimiento del deber de sigilo que el artículo 95 de esta ley exige a retenedores y obligados a realizar ingresos a cuenta.

La infracción prevista en este artículo será grave.

2. La sanción consistirá en multa pecuniaria fija de 300 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad que hubiera sido comunicado indebidamente.

La sanción se graduará incrementando la cuantía anterior en el 100 por ciento si existe comisión repetida de la infracción.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Artículo 204. Infracción tributaria por incumplir el deber de sigilo exigido a los retenedores y a los obligados a realizar ingresos a cuenta (apartado 1)

Artículo 204 · Ley 58/2003 General Tributaria
Contenido1/5

Constituye infracción tributaria el incumplimiento del deber de sigilo que el artículo 95 de esta ley exige a retenedores y obligados a realizar ingresos a cuenta. La infracción prevista en este artículo será grave.

Completa el hueco2/5

Constituye infracción tributaria el ________ del deber de sigilo que el artículo 95 de esta ley exige a retenedores y obligados a realizar ingresos a cuenta.

Artículo 204 · Ley 58/2003 General Tributaria
Respuesta2/5

incumplimiento

«Constituye infracción tributaria el incumplimiento del deber de sigilo que el artículo 95 de esta ley exige a retenedores y obligados a realizar ingresos a cuenta.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Infracción tributaria por incumplir el deber de sigilo exigido a los retenedores y a los obligados a realizar ingresos a cuenta»?

Artículo 204 · Ley 58/2003 General Tributaria
Respuesta3/5

Artículo 204

Información4/5

Artículo 204. Infracción tributaria por incumplir el deber de sigilo exigido a los retenedores y a los obligados a realizar ingresos a cuenta (apartado 2)

Artículo 204 · Ley 58/2003 General Tributaria
Contenido4/5

La sanción consistirá en multa pecuniaria fija de 300 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad que hubiera sido comunicado indebidamente. La sanción se graduará incrementando la cuantía anterior en el 100 por ciento si existe comisión repetida de la infracción.

Completa el hueco5/5

La sanción consistirá en multa pecuniaria fija de ________ euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad que hubiera sido comunicado indebidamente.

Artículo 204 · Ley 58/2003 General Tributaria
Respuesta5/5

300

«La sanción consistirá en multa pecuniaria fija de 300 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad que hubiera sido comunicado indebidamente.»

Otros artículos de CAPÍTULO III. Clasificación de las infracciones y sanciones tributarias