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🏛 Ley 50/1997 del Gobierno · BOE-A-1997-25336

Artículo 14 de la Ley 50/1997 del GobiernoDel régimen de incompatibilidades de los miembros del Gobierno

Texto vigente

1. Los miembros del Gobierno no podrán ejercer otras funciones representativas que las propias del mandato parlamentario, ni cualquier otra función pública que no derive de su cargo, ni actividad profesional o mercantil alguna.

2. Será de aplicación, asimismo, a los miembros del Gobierno el régimen de incompatibilidades de los altos cargos de la Administración General del Estado.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 21/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 14. Del régimen de incompatibilidades de los miembros del Gobierno (apartado 1)

Artículo 14 · Ley 50/1997 del Gobierno
Contenido1/5

Los miembros del Gobierno no podrán ejercer otras funciones representativas que las propias del mandato parlamentario, ni cualquier otra función pública que no derive de su cargo, ni actividad profesional o mercantil alguna.

Completa el hueco2/5

Los miembros del Gobierno no podrán ejercer otras funciones ________ que las propias del mandato parlamentario, ni cualquier otra función pública que no derive de su cargo, ni actividad profesional o mercantil alguna.

Artículo 14 · Ley 50/1997 del Gobierno
Respuesta2/5

representativas

«Los miembros del Gobierno no podrán ejercer otras funciones representativas que las propias del mandato parlamentario, ni cualquier otra función pública que no derive de su cargo, ni actividad profesional o mercantil alguna.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Del régimen de incompatibilidades de los miembros del Gobierno»?

Artículo 14 · Ley 50/1997 del Gobierno
Respuesta3/5

Artículo 14

Información4/5

Artículo 14. Del régimen de incompatibilidades de los miembros del Gobierno (apartado 2)

Artículo 14 · Ley 50/1997 del Gobierno
Contenido4/5

Será de aplicación, asimismo, a los miembros del Gobierno el régimen de incompatibilidades de los altos cargos de la Administración General del Estado.

Completa el hueco5/5

Será de aplicación, asimismo, a los miembros del Gobierno el régimen de ________ de los altos cargos de la Administración General del Estado.

Artículo 14 · Ley 50/1997 del Gobierno
Respuesta5/5

incompatibilidades

«Será de aplicación, asimismo, a los miembros del Gobierno el régimen de incompatibilidades de los altos cargos de la Administración General del Estado.»

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