⛑️ Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales · BOE-A-1995-24292
Artículo 33 de la Ley de Prevención de Riesgos LaboralesConsulta de los trabajadores
Texto vigente
1. El empresario deberá consultar a los trabajadores, con la debida antelación, la adopción de las decisiones relativas a:
a) La planificación y la organización del trabajo en la empresa y la introducción de nuevas tecnologías, en todo lo relacionado con las consecuencias que éstas pudieran tener para la seguridad y la salud de los trabajadores, derivadas de la elección de los equipos, la determinación y la adecuación de las condiciones de trabajo y el impacto de los factores ambientales en el trabajo.
b) La organización y desarrollo de las actividades de protección de la salud y prevención de los riesgos profesionales en la empresa, incluida la designación de los trabajadores encargados de dichas actividades o el recurso a un servicio de prevención externo.
c) La designación de los trabajadores encargados de las medidas de emergencia.
d) Los procedimientos de información y documentación a que se refieren los artículos 18, apartado 1, y 23, apartado 1, de la presente Ley.
e) El proyecto y la organización de la formación en materia preventiva.
f) Cualquier otra acción que pueda tener efectos sustanciales sobre la seguridad y la salud de los trabajadores.
2. En las empresas que cuenten con representantes de los trabajadores, las consultas a que se refiere el apartado anterior se llevarán a cabo con dichos representantes.
Flashcards de este artículo
Artículo 33. Consulta de los trabajadores (apartado 1, 1/3)
El empresario deberá consultar a los trabajadores, con la debida antelación, la adopción de las decisiones relativas a: • a) La planificación y la organización del trabajo en la empresa y la introducción de nuevas tecnologías, en todo lo relacionado con las consecuencias que éstas pudieran tener para la seguridad y la salud de los trabajadores, derivadas de la elección de los equipos, la determinación y la adecuación de las condiciones de trabajo y el impacto de los factores ambientales en el trabajo.
El empresario deberá consultar a los ________, con la debida antelación, la adopción de las decisiones relativas a:
trabajadores
«El empresario deberá consultar a los trabajadores, con la debida antelación, la adopción de las decisiones relativas a:»
¿Qué artículo lleva por título «Consulta de los trabajadores»?
Artículo 33. Consulta de los trabajadores (apartado 1, 2/3)
• b) La organización y desarrollo de las actividades de protección de la salud y prevención de los riesgos profesionales en la empresa, incluida la designación de los trabajadores encargados de dichas actividades o el recurso a un servicio de prevención externo. • c) La designación de los trabajadores encargados de las medidas de emergencia. • d) Los procedimientos de información y documentación a que se refieren los artículos 18, apartado 1, y 23, apartado 1, de la presente Ley. • e) El proyecto y la organización de la formación en materia preventiva.
La organización y desarrollo de las actividades de protección de la salud y prevención de los riesgos ________ en la empresa, incluida la designación de los trabajadores encargados de dichas actividades o el recurso a un servicio de prevención externo.
profesionales
«La organización y desarrollo de las actividades de protección de la salud y prevención de los riesgos profesionales en la empresa, incluida la designación de los trabajadores encargados de dichas actividades o el recurso a un servicio de prevención externo.»
Otros artículos de CAPÍTULO V. Consulta y participación de los trabajadores
- Artículo 34 · Derechos de participación y representación
- Artículo 35 · Delegados de Prevención
- Artículo 36 · Competencias y facultades de los Delegados de Prevención
- Artículo 37 · Garantías y sigilo profesional de los Delegados de Prevención
- Artículo 38 · Comité de Seguridad y Salud
- Artículo 39 · Competencias y facultades del Comité de Seguridad y Salud
- Artículo 40 · Colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.