🟢 Ley 29/2014 de Régimen del Personal de la Guardia Civil · BOE-A-2014-12408
Artículo 37 de la Ley 29/2014 de personal de la Guardia CivilPromoción profesional para el acceso a la escala de suboficiales
Texto vigente
La totalidad de las plazas convocadas para el ingreso en la enseñanza de formación con la que se accede a la escala de suboficiales se reservará, en la modalidad de promoción interna, a los miembros de la escala de cabos y guardias, que lleven, al menos, dos años de tiempo de servicios en dicha escala y cumplan, además, los requisitos establecidos en los artículos 33 y 34.
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Artículo 37. Promoción profesional para el acceso a la escala de suboficiales
La totalidad de las plazas convocadas para el ingreso en la enseñanza de formación con la que se accede a la escala de suboficiales se reservará, en la modalidad de promoción interna, a los miembros de la escala de cabos y guardias, que lleven, al menos, dos años de tiempo de servicios en dicha escala y cumplan, además, los requisitos establecidos en los artículos 33 y 34.
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Otros artículos de CAPÍTULO II. Acceso
- Artículo 32 · Modalidades de acceso a la enseñanza de formación de la Guardia Civil
- Artículo 33 · Requisitos generales para el ingreso en los centros docentes de formación
- Artículo 34 · Requisitos de titulación
- Artículo 35 · Sistemas de selección para ingreso en los centros docentes de formación
- Artículo 36 · Promoción profesional para el acceso a la escala de oficiales
- Artículo 38 · Alumnos de cursos de perfeccionamiento y de altos estudios profesionales
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.