🟢 Ley 29/2014 de Régimen del Personal de la Guardia Civil · BOE-A-2014-12408
Artículo 33 de la Ley 29/2014 de personal de la Guardia CivilRequisitos generales para el ingreso en los centros docentes de formación
Texto vigente
1. Con carácter general, para poder participar en los procesos selectivos e ingresar en los centros docentes de formación será necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española.
b) No estar privado de los derechos civiles.
c) Carecer de antecedentes penales.
d) No hallarse procesado o tener abierto juicio oral en algún procedimiento judicial por delito doloso.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
f) Tener cumplidos dieciocho años en el año de la convocatoria.
g) No superar la edad de 40 años para el acceso directo a la escala de cabos y guardias y de 50 años para la promoción profesional.
h) Poseer la aptitud psicofísica que se determine.
Reglamentariamente se determinarán las titulaciones o, en su caso, los créditos de enseñanzas universitarias, méritos a valorar y demás requisitos y condiciones que con carácter específico sea necesario establecer para el acceso a la enseñanza de formación de las diferentes escalas.
2. Superada la enseñanza de formación establecida en esta Ley se accederá a la escala correspondiente.
Flashcards de este artículo
Artículo 33. Requisitos generales para el ingreso en los centros docentes de formación (apartado 1, 1/2)
Con carácter general, para poder participar en los procesos selectivos e ingresar en los centros docentes de formación será necesario reunir los siguientes requisitos: • a) Poseer la nacionalidad española. • b) No estar privado de los derechos civiles. • c) Carecer de antecedentes penales. • d) No hallarse procesado o tener abierto juicio oral en algún procedimiento judicial por delito doloso. • e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas. • f) Tener cumplidos dieciocho años en el año de la convocatoria.
Con carácter general, para poder participar en los procesos ________ e ingresar en los centros docentes de formación será necesario reunir los siguientes requisitos:
selectivos
«Con carácter general, para poder participar en los procesos selectivos e ingresar en los centros docentes de formación será necesario reunir los siguientes requisitos:»
¿Qué artículo lleva por título «Requisitos generales para el ingreso en los centros docentes de formación»?
Artículo 33. Requisitos generales para el ingreso en los centros docentes de formación (apartado 1, 2/2)
• g) No superar la edad de 40 años para el acceso directo a la escala de cabos y guardias y de 50 años para la promoción profesional. • h) Poseer la aptitud psicofísica que se determine. Reglamentariamente se determinarán las titulaciones o, en su caso, los créditos de enseñanzas universitarias, méritos a valorar y demás requisitos y condiciones que con carácter específico sea necesario establecer para el acceso a la enseñanza de formación de las diferentes escalas.
No hallarse procesado o tener abierto juicio oral en algún ________ judicial por delito doloso.
procedimiento
«No hallarse procesado o tener abierto juicio oral en algún procedimiento judicial por delito doloso.»
Otros artículos de CAPÍTULO II. Acceso
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