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🟢 Ley 29/2014 de Régimen del Personal de la Guardia Civil · BOE-A-2014-12408

Artículo 13 de la Ley 29/2014 de personal de la Guardia CivilDel Consejo Superior de la Guardia Civil

Texto vigente

1. Al Consejo Superior de la Guardia Civil, como órgano colegiado asesor y consultivo de los Ministros de Defensa y del Interior, del Secretario de Estado de Seguridad y del Director General de la Guardia Civil, le corresponde:

a) Efectuar los informes que se indican en esta Ley sobre los aspectos básicos que configuran la trayectoria profesional del personal del Cuerpo.

b) Emitir informe sobre los asuntos que sometan a su consideración los Ministros de Defensa y del Interior, el Secretario de Estado de Seguridad y el Director General de la Guardia Civil.

c) Ser oído en los procedimientos disciplinarios que afecten al personal del Cuerpo, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil.

d) Emitir informe sobre las propuestas de concesión de recompensas, cuando así lo determine la normativa específica que las regula.

2. Reglamentariamente se determinará su composición, funcionamiento y demás competencias que le puedan ser asignadas.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 18/05/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 13. Del Consejo Superior de la Guardia Civil (apartado 1, 1/2)

Artículo 13 · Ley 29/2014
Contenido1/5

Al Consejo Superior de la Guardia Civil, como órgano colegiado asesor y consultivo de los Ministros de Defensa y del Interior, del Secretario de Estado de Seguridad y del Director General de la Guardia Civil, le corresponde: • a) Efectuar los informes que se indican en esta Ley sobre los aspectos básicos que configuran la trayectoria profesional del personal del Cuerpo. • b) Emitir informe sobre los asuntos que sometan a su consideración los Ministros de Defensa y del Interior, el Secretario de Estado de Seguridad y el Director General de la Guardia Civil.

Completa el hueco2/5

Al Consejo Superior de la Guardia Civil, como órgano colegiado asesor y ________ de los Ministros de Defensa y del Interior, del Secretario de Estado de Seguridad y del Director General de la Guardia Civil, le corresponde:

Artículo 13 · Ley 29/2014
Respuesta2/5

consultivo

«Al Consejo Superior de la Guardia Civil, como órgano colegiado asesor y consultivo de los Ministros de Defensa y del Interior, del Secretario de Estado de Seguridad y del Director General de la Guardia Civil, le corresponde:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Del Consejo Superior de la Guardia Civil»?

Artículo 13 · Ley 29/2014
Respuesta3/5

Artículo 13

Información4/5

Artículo 13. Del Consejo Superior de la Guardia Civil (apartado 1, 2/2)

Artículo 13 · Ley 29/2014
Contenido4/5

• c) Ser oído en los procedimientos disciplinarios que afecten al personal del Cuerpo, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil. • d) Emitir informe sobre las propuestas de concesión de recompensas, cuando así lo determine la normativa específica que las regula.

Completa el hueco5/5

Efectuar los informes que se indican en esta Ley sobre los aspectos básicos que configuran la trayectoria ________ del personal del Cuerpo.

Artículo 13 · Ley 29/2014
Respuesta5/5

profesional

«Efectuar los informes que se indican en esta Ley sobre los aspectos básicos que configuran la trayectoria profesional del personal del Cuerpo.»

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