🚨 Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil · BOE-A-2015-7730
Artículo 47 de la Ley de Protección CivilGraduación
Texto vigente
La aplicación de las sanciones previstas en esta ley se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 131 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, y sus disposiciones de desarrollo.
Flashcards de este artículo
Artículo 47. Graduación
La aplicación de las sanciones previstas en esta ley se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 131 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, y sus disposiciones de desarrollo.
La aplicación de las sanciones previstas en esta ley se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 131 de la Ley 30/________, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, y sus disposiciones de desarrollo.
1992
«La aplicación de las sanciones previstas en esta ley se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 131 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, y sus disposiciones de desarrollo.»
¿Qué artículo lleva por título «Graduación»?
¿Qué artículo establece: «La aplicación de las sanciones previstas en esta ley se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 131 de la…»?
Artículo 47. Graduación
«La aplicación de las sanciones previstas en esta ley se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 131 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, y sus disposiciones de desarrollo.»
Otros artículos de TÍTULO VI. Régimen sancionador
- Artículo 43 · Ejercicio de la potestad sancionadora por la Administración General del Estado
- Artículo 44 · Sujetos responsables
- Artículo 45 · Infracciones
- Artículo 46 · Sanciones
- Artículo 48 · Competencia para el ejercicio de la potestad sancionadora
- Artículo 49 · Procedimiento sancionador
- Artículo 50 · Medidas provisionales
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.