🚨 Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil · BOE-A-2015-7730
Artículo 33 de la Ley de Protección CivilCompetencias del Gobierno
Texto vigente
Son competencias del Gobierno en materia de protección civil:
a) Regular la Red Nacional de Información sobre Protección Civil y la Red de Alerta Nacional de Protección Civil.
b) Aprobar la Norma Básica de Protección Civil.
c) Aprobar el Plan Estatal General de Protección Civil.
d) Aprobar los planes especiales de protección civil de ámbito y competencia estatal.
e) Declarar una zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil.
f) Adoptar los acuerdos de cooperación internacional que corresponda en materia de protección civil.
g) Aprobar el Protocolo de Intervención de la Unidad Militar de Emergencias y, en su caso, el de otros medios del Estado que puedan destinarse a la protección civil.
h) Las demás que le atribuyan esta ley y el resto del ordenamiento jurídico.
Flashcards de este artículo
Artículo 33. Competencias del Gobierno (1/2)
Son competencias del Gobierno en materia de protección civil: • a) Regular la Red Nacional de Información sobre Protección Civil y la Red de Alerta Nacional de Protección Civil. • b) Aprobar la Norma Básica de Protección Civil. • c) Aprobar el Plan Estatal General de Protección Civil. • d) Aprobar los planes especiales de protección civil de ámbito y competencia estatal. • e) Declarar una zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil. • f) Adoptar los acuerdos de cooperación internacional que corresponda en materia de protección civil.
Son ________ del Gobierno en materia de protección civil:
competencias
«Son competencias del Gobierno en materia de protección civil:»
¿Qué artículo lleva por título «Competencias del Gobierno»?
Artículo 33. Competencias del Gobierno (2/2)
• g) Aprobar el Protocolo de Intervención de la Unidad Militar de Emergencias y, en su caso, el de otros medios del Estado que puedan destinarse a la protección civil. • h) Las demás que le atribuyan esta ley y el resto del ordenamiento jurídico.
Regular la Red Nacional de ________ sobre Protección Civil y la Red de Alerta Nacional de Protección Civil.
Información
«Regular la Red Nacional de Información sobre Protección Civil y la Red de Alerta Nacional de Protección Civil.»
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- Artículo 34 · Competencias del Ministro del Interior
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.