🕊️ Ley 12/2009 de asilo y protección subsidiaria · BOE-A-2009-17242
Disposición Adicional Sexta de la Ley 12/2009 de asiloColaboración con las Organizaciones No Gubernamentales
Texto vigente
Los poderes públicos promoverán la actividad de las asociaciones no lucrativas legalmente reconocidas entre cuyos objetivos figuren el asesoramiento y ayuda a las personas necesitadas de protección internacional. Sus informes se incorporarán a los oportunos expedientes de solicitudes de protección internacional incoados por el Ministerio del Interior.
Flashcards de este artículo
Disposición Adicional Sexta. Colaboración con las Organizaciones No Gubernamentales
Los poderes públicos promoverán la actividad de las asociaciones no lucrativas legalmente reconocidas entre cuyos objetivos figuren el asesoramiento y ayuda a las personas necesitadas de protección internacional. Sus informes se incorporarán a los oportunos expedientes de solicitudes de protección internacional incoados por el Ministerio del Interior.
Los poderes públicos promoverán la actividad de las asociaciones no lucrativas legalmente reconocidas entre cuyos objetivos figuren el ________ y ayuda a las personas necesitadas de protección internacional.
asesoramiento
«Los poderes públicos promoverán la actividad de las asociaciones no lucrativas legalmente reconocidas entre cuyos objetivos figuren el asesoramiento y ayuda a las personas necesitadas de protección internacional.»
¿Qué artículo lleva por título «Colaboración con las Organizaciones No Gubernamentales»?
Sus informes se incorporarán a los oportunos expedientes de solicitudes de protección ________ incoados por el Ministerio del Interior.
internacional
«Sus informes se incorporarán a los oportunos expedientes de solicitudes de protección internacional incoados por el Ministerio del Interior.»
¿Qué artículo establece: «Los poderes públicos promoverán la actividad de las asociaciones no lucrativas legalmente reconocidas entre cuyos objetivos figuren el asesoramiento y ayuda a…»?
Disposición Adicional Sexta. Colaboración con las Organizaciones No Gubernamentales
«Los poderes públicos promoverán la actividad de las asociaciones no lucrativas legalmente reconocidas entre cuyos objetivos figuren el asesoramiento y ayuda a las personas necesitadas de protección internacional.»
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