🗺️ Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (LO 3/1983) · BOE-A-1983-6317
Disposición transitoria séptima del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid
Texto vigente
Hasta que el Impuesto sobre el Valor Añadido entre en vigor, se cede a la Comunidad Autónoma el Impuesto sobre el Lujo que se recaude en destino.
Flashcards de este artículo
Disposición transitoria séptima
Hasta que el Impuesto sobre el Valor Añadido entre en vigor, se cede a la Comunidad Autónoma el Impuesto sobre el Lujo que se recaude en destino.
Hasta que el ________ sobre el Valor Añadido entre en vigor, se cede a la Comunidad Autónoma el Impuesto sobre el Lujo que se recaude en destino.
Impuesto
«Hasta que el Impuesto sobre el Valor Añadido entre en vigor, se cede a la Comunidad Autónoma el Impuesto sobre el Lujo que se recaude en destino.»
¿Qué artículo establece: «Hasta que el Impuesto sobre el Valor Añadido entre en vigor, se cede a la Comunidad Autónoma el Impuesto sobre el Lujo…»?
Disposición transitoria séptima
«Hasta que el Impuesto sobre el Valor Añadido entre en vigor, se cede a la Comunidad Autónoma el Impuesto sobre el Lujo que se recaude en destino.»
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