Ir al generador

🗺️ Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982) · BOE-A-1982-15030

Artículo 7 del Estatuto de Autonomía de La Rioja

Texto vigente

Uno. Los ciudadanos de La Rioja son titulares de los derechos y deberes fundamentales establecidos en la Constitución.

Dos. Corresponde a los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el ámbito de sus competencias, promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social, así como la defensa y protección de los valores culturales del pueblo riojano.

Tres. Los poderes públicos de la Comunidad Autónoma impulsarán aquellas acciones que tiendan a mejorar las condiciones de vida y trabajo y a incrementar la ocupación y crecimiento económico.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 16/07/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Artículo 7 (1/2)

Artículo 7 · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Contenido1/5

Uno. Los ciudadanos de La Rioja son titulares de los derechos y deberes fundamentales establecidos en la Constitución. Dos. Corresponde a los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el ámbito de sus competencias, promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social, así como la defensa y protección de los valores culturales del pueblo riojano.

Completa el hueco2/5

Los ciudadanos de La Rioja son titulares de los derechos y deberes ________ establecidos en la Constitución.

Artículo 7 · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Respuesta2/5

fundamentales

«Los ciudadanos de La Rioja son titulares de los derechos y deberes fundamentales establecidos en la Constitución.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Los ciudadanos de La Rioja son titulares de los derechos y deberes fundamentales establecidos en la Constitución»?

Artículo 7 · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Respuesta3/5

Artículo 7

«Los ciudadanos de La Rioja son titulares de los derechos y deberes fundamentales establecidos en la Constitución.»
Información4/5

Artículo 7 (2/2)

Artículo 7 · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Contenido4/5

Tres. Los poderes públicos de la Comunidad Autónoma impulsarán aquellas acciones que tiendan a mejorar las condiciones de vida y trabajo y a incrementar la ocupación y crecimiento económico.

Completa el hueco5/5

Corresponde a los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el ámbito de sus ________, promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas;

Artículo 7 · Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982)
Respuesta5/5

competencias

«Corresponde a los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el ámbito de sus competencias, promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas;»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 28/01/1999 por BOE-A-1999-339.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (09/07/1982):

Uno. Los ciudadanos de La Rioja son titulares de los derechos y deberes fundamentales establecidos en la Constitución. Dos. Corresponde a los poderes públicos de la Comunidad Autónoma, como poder público y Autónoma de La Rioja, en el ámbito de sus competencias, promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra integran sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social, así como la defensa y protección de los valores culturales del pueblo riojano. Tres. La Los poderes públicos de la Comunidad Autónoma impulsara impulsarán aquellas acciones que tiendan a mejorar las condiciones de vida y trabajo y a incrementar la ocupación y crecimiento económico. Cuatro. Igualmente, la Comunidad Autónoma promoverá la colaboración con las colectividades de riojanos asentadas fuera de su territorio, con arreglo a lo dispuesto en el presente Estatuto y en la legislación general del Estado.

  1. Vigente desde 09/07/1982 · redacción original
  2. Vigente desde 28/01/1999 · modificado por BOE-A-1999-339

Otros artículos de TITULO PRELIMINAR