🗺️ Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982) · BOE-A-1982-15030
Artículo 3 del Estatuto de Autonomía de La Rioja
Texto vigente
1. La bandera de La Rioja es la formada por cuatro franjas horizontales y de igual tamaño, de los colores rojo, blanco, verde y amarillo.
2. La Comunidad Autónoma de La Rioja posee himno y escudo propios que sólo podrán modificarse por Ley del Parlamento de La Rioja aprobada por mayoría de dos tercios de sus miembros.
Flashcards de este artículo
Artículo 3 (apartado 1)
La bandera de La Rioja es la formada por cuatro franjas horizontales y de igual tamaño, de los colores rojo, blanco, verde y amarillo.
La bandera de La Rioja es la formada por ________ franjas horizontales y de igual tamaño, de los colores rojo, blanco, verde y amarillo.
cuatro
«La bandera de La Rioja es la formada por cuatro franjas horizontales y de igual tamaño, de los colores rojo, blanco, verde y amarillo.»
¿Qué artículo establece: «La bandera de La Rioja es la formada por cuatro franjas horizontales y de igual tamaño, de los colores rojo, blanco, verde…»?
Artículo 3
«La bandera de La Rioja es la formada por cuatro franjas horizontales y de igual tamaño, de los colores rojo, blanco, verde y amarillo.»
Artículo 3 (apartado 2)
La Comunidad Autónoma de La Rioja posee himno y escudo propios que sólo podrán modificarse por Ley del Parlamento de La Rioja aprobada por mayoría de dos tercios de sus miembros.
La Comunidad Autónoma de La Rioja posee himno y escudo propios que sólo podrán modificarse por Ley del Parlamento de La Rioja aprobada por mayoría de ________ tercios de sus miembros.
dos
«La Comunidad Autónoma de La Rioja posee himno y escudo propios que sólo podrán modificarse por Ley del Parlamento de La Rioja aprobada por mayoría de dos tercios de sus miembros.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
1. La bandera de La Rioja es la formada por cuatro franjas horizontales y de igual tamaño, de los colores rojo, blanco, verde y amarillo. 2. La Comunidad Autónoma de La Rioja posee himno y escudo propios que sólo podrán modificarse por Ley del Parlamento de La Rioja aprobada por mayoría de dos tercios de sus miembros.
- Vigente desde 09/07/1982 · redacción original
- Vigente desde 28/01/1999 · modificado por BOE-A-1999-339
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.