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🗺️ Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007) · BOE-A-2007-4233

Artículo 103 del Estatuto de Autonomía de las Illes BalearsCooperación con regiones de otros Estados

Texto vigente

La Comunidad Autónoma puede promover la cooperación con regiones de otros Estados con los que comparta intereses económicos, sociales o culturales.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 11/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 103. Cooperación con regiones de otros Estados

Artículo 103 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Contenido1/4

La Comunidad Autónoma puede promover la cooperación con regiones de otros Estados con los que comparta intereses económicos, sociales o culturales.

Completa el hueco2/4

La Comunidad Autónoma puede promover la cooperación con regiones de otros Estados con los que comparta intereses ________, sociales o culturales.

Artículo 103 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Respuesta2/4

económicos

«La Comunidad Autónoma puede promover la cooperación con regiones de otros Estados con los que comparta intereses económicos, sociales o culturales.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Cooperación con regiones de otros Estados»?

Artículo 103 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Respuesta3/4

Artículo 103

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «La Comunidad Autónoma puede promover la cooperación con regiones de otros Estados con los que comparta intereses económicos, sociales o culturales»?

Artículo 103 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Respuesta4/4

Artículo 103. Cooperación con regiones de otros Estados

«La Comunidad Autónoma puede promover la cooperación con regiones de otros Estados con los que comparta intereses económicos, sociales o culturales.»

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