🗺️ Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana (LO 5/1982) · BOE-A-1982-17235
Artículo 26 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana
Texto vigente
1. La iniciativa legislativa corresponde a Les Corts y al Consell, en la forma que determine el presente Estatuto y el Reglamento de Les Corts.
2. La iniciativa legislativa de Les Corts se ejercerá por los Grupos Parlamentarios y por los Diputados y Diputadas en la forma que determine el Reglamento de Les Corts. También podrá ser ejercida a través de la iniciativa popular en la forma que se regule por Ley y en los términos previstos en el Reglamento de Les Corts.
Flashcards de este artículo
Artículo 26 (apartado 1)
La iniciativa legislativa corresponde a Les Corts y al Consell, en la forma que determine el presente Estatuto y el Reglamento de Les Corts.
La iniciativa ________ corresponde a Les Corts y al Consell, en la forma que determine el presente Estatuto y el Reglamento de Les Corts.
legislativa
«La iniciativa legislativa corresponde a Les Corts y al Consell, en la forma que determine el presente Estatuto y el Reglamento de Les Corts.»
¿Qué artículo establece: «La iniciativa legislativa corresponde a Les Corts y al Consell, en la forma que determine el presente Estatuto y el Reglamento de…»?
Artículo 26
«La iniciativa legislativa corresponde a Les Corts y al Consell, en la forma que determine el presente Estatuto y el Reglamento de Les Corts.»
Artículo 26 (apartado 2)
La iniciativa legislativa de Les Corts se ejercerá por los Grupos Parlamentarios y por los Diputados y Diputadas en la forma que determine el Reglamento de Les Corts. También podrá ser ejercida a través de la iniciativa popular en la forma que se regule por Ley y en los términos previstos en el Reglamento de Les Corts.
La iniciativa legislativa de Les Corts se ejercerá por los Grupos ________ y por los Diputados y Diputadas en la forma que determine el Reglamento de Les Corts.
Parlamentarios
«La iniciativa legislativa de Les Corts se ejercerá por los Grupos Parlamentarios y por los Diputados y Diputadas en la forma que determine el Reglamento de Les Corts.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
Uno. 1. La legislación de las Cortes Valencianas prevista iniciativa legislativa corresponde a Les Corts y al Consell, en la forma que determine el presente Estatuto revestirá la forma y el Reglamento de Ley Les Corts. 2. La iniciativa legislativa de la Generalidad Valenciana. Dos. En las materias comprendidas en Les Corts se ejercerá por los artículos treinta y dos y treinta Grupos Parlamentarios y tres del presente Estatuto, por los Diputados y Diputadas en defecto de la legislación estatal correspondiente a la Generalidad Valenciana podrá dictar normas forma que determine el Reglamento de validez provisional Les Corts. También podrá ser ejercida a través de acuerdo con lo dispuesto la iniciativa popular en el apartado anterior. Dichas normas la forma que se tendrán regule por derogadas a la entrada Ley y en vigor de las estatales correspondientes, salvo expresa disposición los términos previstos en contrario. El ejercicio de la presente facultad el Reglamento de dictar legislación concurrente requerirá la previa comunicación al Delegado del Gobierno. Les Corts.
- Vigente desde 10/07/1982 · redacción original
- Vigente desde 11/04/2006 · modificado por BOE-A-2006-6472
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.