Ir al generador

🗺️ Estatuto de Autonomía de Ceuta (LO 1/1995) · BOE-A-1995-6358

Artículo 24 del Estatuto de Autonomía de Ceuta

Texto vigente

1. La ciudad de Ceuta podrá elaborar y remitir al Gobierno cualesquiera informes, estudios o propuestas relativas a la gestión de empresas públicas y entidades autónomas dependientes del Estado e implantadas en Ceuta o a su incidencia en la socioeconomía de la Ciudad. Dichos informes, estudios o propuestas darán lugar a la resolución motivada del Gobierno o de los organismos o entidades titulares de la participación de las empresas.

2. La ciudad de Ceuta ejercerá las demás facultades que la legislación del Estado pueda atribuirle en relación con tales empresas y entidades.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 18/12/2025. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Artículo 24 (apartado 1)

Artículo 24 · Estatuto de Autonomía de Ceuta (LO 1/1995)
Contenido1/5

La ciudad de Ceuta podrá elaborar y remitir al Gobierno cualesquiera informes, estudios o propuestas relativas a la gestión de empresas públicas y entidades autónomas dependientes del Estado e implantadas en Ceuta o a su incidencia en la socioeconomía de la Ciudad. Dichos informes, estudios o propuestas darán lugar a la resolución motivada del Gobierno o de los organismos o entidades titulares de la participación de las empresas.

Completa el hueco2/5

La ciudad de Ceuta podrá elaborar y remitir al Gobierno cualesquiera informes, estudios o propuestas relativas a la gestión de empresas públicas y entidades autónomas ________ del Estado e implantadas en Ceuta o a su incidencia en la socioeconomía de la Ciudad.

Artículo 24 · Estatuto de Autonomía de Ceuta (LO 1/1995)
Respuesta2/5

dependientes

«La ciudad de Ceuta podrá elaborar y remitir al Gobierno cualesquiera informes, estudios o propuestas relativas a la gestión de empresas públicas y entidades autónomas dependientes del Estado e implantadas en Ceuta o a su incidencia en la socioeconomía de la Ciudad.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «La ciudad de Ceuta podrá elaborar y remitir al Gobierno cualesquiera informes, estudios o propuestas relativas a la gestión de empresas públicas…»?

Artículo 24 · Estatuto de Autonomía de Ceuta (LO 1/1995)
Respuesta3/5

Artículo 24

«La ciudad de Ceuta podrá elaborar y remitir al Gobierno cualesquiera informes, estudios o propuestas relativas a la gestión de empresas públicas y entidades autónomas dependientes del Estado e implantadas en Ceuta o a su incidencia en la socioeconomía de la Ciudad.»
Información4/5

Artículo 24 (apartado 2)

Artículo 24 · Estatuto de Autonomía de Ceuta (LO 1/1995)
Contenido4/5

La ciudad de Ceuta ejercerá las demás facultades que la legislación del Estado pueda atribuirle en relación con tales empresas y entidades.

Completa el hueco5/5

Dichos informes, estudios o ________ darán lugar a la resolución motivada del Gobierno o de los organismos o entidades titulares de la participación de las empresas.

Artículo 24 · Estatuto de Autonomía de Ceuta (LO 1/1995)
Respuesta5/5

propuestas

«Dichos informes, estudios o propuestas darán lugar a la resolución motivada del Gobierno o de los organismos o entidades titulares de la participación de las empresas.»

Otros artículos de TÍTULO II. Competencias de la ciudad de Ceuta