🗺️ Estatuto de Autonomía de Castilla y León (LO 14/2007) · BOE-A-2007-20635
Artículo 30 del Estatuto de Autonomía de Castilla y LeónAtribuciones
Texto vigente
Corresponde a la Junta de Castilla y León:
1. Ejercer el gobierno y administración de la Comunidad en el ámbito de las competencias que ésta tenga atribuidas.
2. Interponer recursos de inconstitucionalidad en los términos que establece el artículo 162.1.a) de la Constitución y suscitar, en su caso, conflictos de competencia con el Estado u otra Comunidad Autónoma, según lo previsto en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, personándose en estos últimos por acuerdo de las Cortes de Castilla y León o por propia iniciativa.
3. Ejercer cuantas otras competencias o atribuciones le asignen el presente Estatuto y las leyes.
Flashcards de este artículo
Artículo 30. Atribuciones (apartado 1)
________ a la Junta de Castilla y León:
¿Qué artículo lleva por título «Atribuciones»?
Artículo 30. Atribuciones (apartado 2)
Ejercer el gobierno y administración de la Comunidad en el ámbito de las competencias que ésta tenga atribuidas.
Ejercer el gobierno y ________ de la Comunidad en el ámbito de las competencias que ésta tenga atribuidas.
administración
«Ejercer el gobierno y administración de la Comunidad en el ámbito de las competencias que ésta tenga atribuidas.»
Otros artículos de CAPÍTULO III. La Junta de Castilla y León
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.