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🗺️ Estatuto de Autonomía de Castilla y León (LO 14/2007) · BOE-A-2007-20635

Artículo 26 del Estatuto de Autonomía de Castilla y LeónElección y carácter

Texto vigente

1. El Presidente de la Junta ostenta la suprema representación de la Comunidad y la ordinaria del Estado en ella; preside asimismo la Junta de Castilla y León, dirige sus acciones y coordina las funciones de sus miembros.

2. El Presidente de la Junta de Castilla y León es elegido por las Cortes de Castilla y León de entre sus miembros y nombrado por el Rey.

3. Al comienzo de cada legislatura o en caso de dimisión o fallecimiento del anterior Presidente, pérdida de su condición de Procurador de las Cortes de Castilla y León, inhabilitación derivada de condena penal firme o incapacidad permanente reconocida por las Cortes que lo inhabilite para el ejercicio del cargo, las Cortes de Castilla y León procederán a la elección del Presidente por mayoría absoluta en primera votación o por mayoría simple en la segunda, con arreglo al procedimiento que establezca el Reglamento de aquéllas.

Si transcurrido el plazo de dos meses a partir de la primera votación de investidura ningún candidato hubiera obtenido la confianza de las Cortes de Castilla y León, éstas quedarán automáticamente disueltas y se procederá a la convocatoria de nuevas elecciones.

4. El Presidente cesará, además de por las causas a que se refiere el apartado anterior, en los casos de pérdida de confianza o si las Cortes de Castilla y León adoptan la moción de censura en los términos a que se refiere el artículo 36 de este Estatuto.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 20/01/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 26. Elección y carácter (apartado 1)

Artículo 26 · Estatuto de Autonomía de Castilla y León (LO 14/2007)
Contenido1/5

El Presidente de la Junta ostenta la suprema representación de la Comunidad y la ordinaria del Estado en ella; preside asimismo la Junta de Castilla y León, dirige sus acciones y coordina las funciones de sus miembros.

Completa el hueco2/5

El Presidente de la Junta ostenta la suprema ________ de la Comunidad y la ordinaria del Estado en ella;

Artículo 26 · Estatuto de Autonomía de Castilla y León (LO 14/2007)
Respuesta2/5

representación

«El Presidente de la Junta ostenta la suprema representación de la Comunidad y la ordinaria del Estado en ella;»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Elección y carácter»?

Artículo 26 · Estatuto de Autonomía de Castilla y León (LO 14/2007)
Respuesta3/5

Artículo 26

Información4/5

Artículo 26. Elección y carácter (apartado 2)

Artículo 26 · Estatuto de Autonomía de Castilla y León (LO 14/2007)
Contenido4/5

El Presidente de la Junta de Castilla y León es elegido por las Cortes de Castilla y León de entre sus miembros y nombrado por el Rey.

Completa el hueco5/5

preside asimismo la Junta de Castilla y León, dirige sus acciones y coordina las ________ de sus miembros.

Artículo 26 · Estatuto de Autonomía de Castilla y León (LO 14/2007)
Respuesta5/5

funciones

«preside asimismo la Junta de Castilla y León, dirige sus acciones y coordina las funciones de sus miembros.»

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