🗺️ Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981) · BOE-A-1982-635
Artículo 23 del Estatuto de Autonomía de Cantabria
Texto vigente
1. El Presidente, previa deliberación del Gobierno, y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá acordar la disolución del Parlamento con anticipación al término natural de la legislatura.
2. La disolución se acordará por Decreto, en el que se convocarán a su vez elecciones, conteniéndose en el mismo cuantos requisitos exija la legislación electoral aplicable.
3. El Presidente no podrá acordar la disolución del Parlamento durante el primer período de sesiones de la legislatura, cuando reste menos de un año para su terminación, ni cuando se encuentre en tramitación una moción de censura. Tampoco podrá acordar la disolución antes de que transcurra un año desde la última disolución por este procedimiento. En ningún supuesto podrá el Presidente disolver el Parlamento cuando se encuentre convocado un proceso electoral estatal.
4. En todo caso, el nuevo Parlamento que resulte de la convocatoria electoral tendrá un mandato limitado por el término natural de la legislatura originaria.
Flashcards de este artículo
Artículo 23 (apartado 1)
El Presidente, previa deliberación del Gobierno, y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá acordar la disolución del Parlamento con anticipación al término natural de la legislatura.
El Presidente, previa deliberación del Gobierno, y bajo su exclusiva ________, podrá acordar la disolución del Parlamento con anticipación al término natural de la legislatura.
responsabilidad
«El Presidente, previa deliberación del Gobierno, y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá acordar la disolución del Parlamento con anticipación al término natural de la legislatura.»
¿Qué artículo establece: «El Presidente, previa deliberación del Gobierno, y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá acordar la disolución del Parlamento con anticipación al término natural…»?
Artículo 23
«El Presidente, previa deliberación del Gobierno, y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá acordar la disolución del Parlamento con anticipación al término natural de la legislatura.»
Artículo 23 (apartado 2)
La disolución se acordará por Decreto, en el que se convocarán a su vez elecciones, conteniéndose en el mismo cuantos requisitos exija la legislación electoral aplicable.
La disolución se acordará por Decreto, en el que se convocarán a su vez ________, conteniéndose en el mismo cuantos requisitos exija la legislación electoral aplicable.
elecciones
«La disolución se acordará por Decreto, en el que se convocarán a su vez elecciones, conteniéndose en el mismo cuantos requisitos exija la legislación electoral aplicable.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
En el marco de la legislación básica 1. El Presidente, previa deliberación del Estado Gobierno, y en los términos que la misma establezca, corresponde a bajo su exclusiva responsabilidad, podrá acordar la Diputación Regional disolución del Parlamento con anticipación al término natural de Cantabria el desarrollo legislativo y la ejecución de las siguientes materias: 1. Montes, aprovechamientos y servicios forestales, vías pecuarias y pastos. Espacios naturales protegidos y tratamiento especial de zonas de montaña. legislatura. 2. Denominación de sus municipios y de las entidades de población La disolución se acordará por Decreto, en el que comprendan los mismos. 3. Sanidad e higiene. 4. Investigación se convocarán a su vez elecciones, conteniéndose en las materias de interés para la Comunidad Autónoma de Cantabria. 5. Corporaciones de derecho público representativas de intereses económicos y profesionales. 6. Defensa del consumidor y usuario, de acuerdo con las bases y la ordenación de el mismo cuantos requisitos exija la actividad económica general y legislación electoral aplicable. 3. El Presidente no podrá acordar la política monetaria disolución del Estado, las bases y coordinación general Parlamento durante el primer período de sesiones de la Sanidad, en los términos legislatura, cuando reste menos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y un año para su terminación, ni cuando se encuentre en los números 11, 13 y 16 del apartado 1 del artículo 149 tramitación una moción de censura. Tampoco podrá acordar la Constitución. 7. Normas adicionales de protección del medio ambiente. 8. Régimen minero y energético. 9. Prensa, radio, televisión y otros medios de comunicación social, en el marco disolución antes de las normas básicas que transcurra un año desde la última disolución por este procedimiento. En ningún supuesto podrá el Estado establezca de acuerdo con Presidente disolver el número 27 del apartado 1 del artículo 149 Parlamento cuando se encuentre convocado un proceso electoral estatal. 4. En todo caso, el nuevo Parlamento que resulte de la Constitución. 10. Ordenación del sector pesquero. 11. Denominaciones de origen, en colaboración con convocatoria electoral tendrá un mandato limitado por el Estado. término natural de la legislatura originaria.
- Vigente desde 31/01/1982 · redacción original
- Vigente desde 14/04/1994 · modificado por BOE-A-1994-6941
- Vigente desde 20/01/1999 · modificado por BOE-A-1998-30152
Otros artículos de CAPÍTULO IV. De las relaciones entre el Parlamento y el Gobierno
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.