Ir al generador

🗺️ Estatuto de Autonomía de Asturias (LO 7/1981) · BOE-A-1982-634

Artículo 55 del Estatuto de Autonomía de Asturias

Texto vigente

1. El control económico y presupuestario del Principado de Asturias se ejercerá por la Sindicatura de Cuentas del Principado, sin perjuicio de las funciones del Tribunal de Cuentas del Reino.

2. El informe de la Sindicatura de Cuentas del Principado será remitido a la Junta General para su tramitación de acuerdo con lo que prevea el Reglamento de la Cámara.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 06/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Artículo 55 (apartado 1)

Artículo 55 · Estatuto de Autonomía de Asturias (LO 7/1981)
Contenido1/5

El control económico y presupuestario del Principado de Asturias se ejercerá por la Sindicatura de Cuentas del Principado, sin perjuicio de las funciones del Tribunal de Cuentas del Reino.

Completa el hueco2/5

El control económico y ________ del Principado de Asturias se ejercerá por la Sindicatura de Cuentas del Principado, sin perjuicio de las funciones del Tribunal de Cuentas del Reino.

Artículo 55 · Estatuto de Autonomía de Asturias (LO 7/1981)
Respuesta2/5

presupuestario

«El control económico y presupuestario del Principado de Asturias se ejercerá por la Sindicatura de Cuentas del Principado, sin perjuicio de las funciones del Tribunal de Cuentas del Reino.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «El control económico y presupuestario del Principado de Asturias se ejercerá por la Sindicatura de Cuentas del Principado, sin perjuicio de las…»?

Artículo 55 · Estatuto de Autonomía de Asturias (LO 7/1981)
Respuesta3/5

Artículo 55

«El control económico y presupuestario del Principado de Asturias se ejercerá por la Sindicatura de Cuentas del Principado, sin perjuicio de las funciones del Tribunal de Cuentas del Reino.»
Información4/5

Artículo 55 (apartado 2)

Artículo 55 · Estatuto de Autonomía de Asturias (LO 7/1981)
Contenido4/5

El informe de la Sindicatura de Cuentas del Principado será remitido a la Junta General para su tramitación de acuerdo con lo que prevea el Reglamento de la Cámara.

Completa el hueco5/5

El informe de la Sindicatura de Cuentas del Principado será remitido a la Junta General para su ________ de acuerdo con lo que prevea el Reglamento de la Cámara.

Artículo 55 · Estatuto de Autonomía de Asturias (LO 7/1981)
Respuesta5/5

tramitación

«El informe de la Sindicatura de Cuentas del Principado será remitido a la Junta General para su tramitación de acuerdo con lo que prevea el Reglamento de la Cámara.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 09/01/1999 por BOE-A-1999-338.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (31/01/1982):

Uno. 1. El control económico y presupuestario del Principado de Asturias se ejercerá por el la Sindicatura de Cuentas del Principado, sin perjuicio de las funciones del Tribunal de Cuantas Cuentas del Estado. Dos. Reino. 2. El informe del Tribunal de la Sindicatura de Cuentas del Principado será remitido a las Cortes Generales, así como a la Junta General del Principado. Tres. Lo establecido en los apartados anteriores se llevará a cabo para su tramitación de acuerdo con lo que establezca la Ley Orgánica prevista en prevea el artículo ciento treinta y seis coma cuatro Reglamento de la Constitución. Cámara.

  1. Vigente desde 31/01/1982 · redacción original
  2. Vigente desde 09/01/1999 · modificado por BOE-A-1999-338

Otros artículos de TITULO V. Del control sobre la actividad de los órganos del Principado