🗺️ Estatuto de Autonomía de Asturias (LO 7/1981) · BOE-A-1982-634
Artículo 56 del Estatuto de Autonomía de Asturias
Texto vigente
La reforma de este Estatuto se ajustará al siguiente procedimiento:
Uno. La iniciativa corresponderá a una cuarta parte de los miembros de la Junta General, a dos tercios de los municipios asturianos o al Consejo de Gobierno, así como al Gobierno y a las Cortes Generales del Estado.
Dos. El proyecto de reforma será aprobado por la Junta General del Principado por mayoría de tres quintos de sus miembros y sometido ulteriormente a la aprobación de las Cortes Generales como Ley Orgánica.
Flashcards de este artículo
Artículo 56
La reforma de este Estatuto se ajustará al siguiente procedimiento: Uno. La iniciativa corresponderá a una cuarta parte de los miembros de la Junta General, a dos tercios de los municipios asturianos o al Consejo de Gobierno, así como al Gobierno y a las Cortes Generales del Estado. Dos. El proyecto de reforma será aprobado por la Junta General del Principado por mayoría de tres quintos de sus miembros y sometido ulteriormente a la aprobación de las Cortes Generales como Ley Orgánica.
La reforma de este Estatuto se ajustará al siguiente ________:
procedimiento
«La reforma de este Estatuto se ajustará al siguiente procedimiento:»
¿Qué artículo establece: «La reforma de este Estatuto se ajustará al siguiente procedimiento»?
Artículo 56
«La reforma de este Estatuto se ajustará al siguiente procedimiento:»
La iniciativa corresponderá a una cuarta parte de los miembros de la Junta General, a ________ tercios de los municipios asturianos o al Consejo de Gobierno, así como al Gobierno y a las Cortes Generales del Estado.
dos
«La iniciativa corresponderá a una cuarta parte de los miembros de la Junta General, a dos tercios de los municipios asturianos o al Consejo de Gobierno, así como al Gobierno y a las Cortes Generales del Estado.»
¿Qué artículo establece: «La iniciativa corresponderá a una cuarta parte de los miembros de la Junta General, a dos tercios de los municipios asturianos o…»?
Artículo 56
«La iniciativa corresponderá a una cuarta parte de los miembros de la Junta General, a dos tercios de los municipios asturianos o al Consejo de Gobierno, así como al Gobierno y a las Cortes Generales del Estado.»
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.