🗺️ Estatuto de Autonomía de Asturias (LO 7/1981) · BOE-A-1982-634
Artículo 41 del Estatuto de Autonomía de Asturias
Texto vigente
En relación a la Administración de Justicia, exceptuada la militar, corresponde al Principado:
Uno. Ejercer todas las facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial reconozca o atribuya al Gobierno del Estado.
Dos. Fijar la delimitación de las demarcaciones territoriales de los órganos jurisdiccionales en Asturias y la localización de su capitalidad.
Flashcards de este artículo
Artículo 41
En relación a la Administración de Justicia, exceptuada la militar, corresponde al Principado: Uno. Ejercer todas las facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial reconozca o atribuya al Gobierno del Estado. Dos. Fijar la delimitación de las demarcaciones territoriales de los órganos jurisdiccionales en Asturias y la localización de su capitalidad.
En relación a la Administración de Justicia, exceptuada la militar, ________ al Principado:
corresponde
«En relación a la Administración de Justicia, exceptuada la militar, corresponde al Principado:»
¿Qué artículo establece: «En relación a la Administración de Justicia, exceptuada la militar, corresponde al Principado»?
Artículo 41
«En relación a la Administración de Justicia, exceptuada la militar, corresponde al Principado:»
Ejercer todas las ________ que la Ley Orgánica del Poder Judicial reconozca o atribuya al Gobierno del Estado.
facultades
«Ejercer todas las facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial reconozca o atribuya al Gobierno del Estado.»
¿Qué artículo establece: «Ejercer todas las facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial reconozca o atribuya al Gobierno del Estado»?
Artículo 41
«Ejercer todas las facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial reconozca o atribuya al Gobierno del Estado.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
En relación a la Administración de Justicia, exceptuada la militar, corresponde al Principado: Uno. Ejercer todas las facultades que las leyes orgánicas del Poder Judicial y del Consejo General la Ley Orgánica del Poder Judicial reconozcan reconozca o atribuyan atribuya al Gobierno del Estado. Dos. Fijar la delimitación de las demarcaciones territoriales de los órganos jurisdiccionales en Asturias y la localización de su capitalidad.
- Vigente desde 31/01/1982 · redacción original
- Vigente desde 09/01/1999 · modificado por BOE-A-1999-338
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.