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🗺️ Estatuto de Autonomía de Asturias (LO 7/1981) · BOE-A-1982-634

Artículo 38 del Estatuto de Autonomía de Asturias

Texto vigente

Uno. El Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias será nombrado por el Rey a propuesta del Consejo General del Poder Judicial. El Presidente del Principado de Asturias ordenará la publicación de dicho nombramiento en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias».

Dos. El nombramiento de los Magistrados, Jueces y Secretarios del Tribunal Superior de Justicia de Asturias se efectuará en la forma prevista en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 06/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 38

Artículo 38 · Estatuto de Autonomía de Asturias (LO 7/1981)
Contenido1/5

Uno. El Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias será nombrado por el Rey a propuesta del Consejo General del Poder Judicial. El Presidente del Principado de Asturias ordenará la publicación de dicho nombramiento en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias». Dos. El nombramiento de los Magistrados, Jueces y Secretarios del Tribunal Superior de Justicia de Asturias se efectuará en la forma prevista en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Completa el hueco2/5

El ________ del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias será nombrado por el Rey a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.

Artículo 38 · Estatuto de Autonomía de Asturias (LO 7/1981)
Respuesta2/5

Presidente

«El Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias será nombrado por el Rey a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «El Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias será nombrado por el Rey a propuesta del Consejo General del…»?

Artículo 38 · Estatuto de Autonomía de Asturias (LO 7/1981)
Respuesta3/5

Artículo 38

«El Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias será nombrado por el Rey a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.»
Completa el hueco4/5

El Presidente del Principado de Asturias ordenará la publicación de dicho ________ en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias».

Artículo 38 · Estatuto de Autonomía de Asturias (LO 7/1981)
Respuesta4/5

nombramiento

«El Presidente del Principado de Asturias ordenará la publicación de dicho nombramiento en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias».»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «El Presidente del Principado de Asturias ordenará la publicación de dicho nombramiento en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias»»?

Artículo 38 · Estatuto de Autonomía de Asturias (LO 7/1981)
Respuesta5/5

Artículo 38

«El Presidente del Principado de Asturias ordenará la publicación de dicho nombramiento en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias».»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 09/01/1999 por BOE-A-1999-338.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (31/01/1982):

Uno. El Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias será nombrado por el Rey a propuesta del Consejo General del Poder Judicial. El Presidente del Principado de Asturias ordenará la publicación de dicho nombramiento en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias». Dos. El nombramiento de los Magistrados, Jueces y Secretarios del Tribunal Superior de Justicia de Asturias se efectuará en la forma prevista en las leyes Orgánicas la Ley Orgánica del Poder Judicial y del Consejo General del poder Judicial.

  1. Vigente desde 31/01/1982 · redacción original
  2. Vigente desde 09/01/1999 · modificado por BOE-A-1999-338

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