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🗺️ Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007) · BOE-A-2007-8444

Artículo 52 del Estatuto de Autonomía de AragónDisolución de las Cortes de Aragón

Texto vigente

1. El Presidente, previa deliberación del Gobierno de Aragón y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá acordar la disolución de las Cortes de Aragón con anticipación al término natural de la legislatura.

2. La disolución se acordará por decreto, en el que se convocarán a su vez elecciones, conteniéndose en el mismo cuantos requisitos exija la legislación electoral aplicable.

3. Las Cortes de Aragón no podrán ser disueltas cuando esté en trámite una moción de censura.

4. No procederá nueva disolución antes de que transcurra un año desde la anterior, salvo lo dispuesto en el artículo 48, apartado 3.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 02/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 52. Disolución de las Cortes de Aragón (apartado 1)

Artículo 52 · Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007)
Contenido1/5

El Presidente, previa deliberación del Gobierno de Aragón y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá acordar la disolución de las Cortes de Aragón con anticipación al término natural de la legislatura.

Completa el hueco2/5

El Presidente, previa deliberación del Gobierno de Aragón y bajo su exclusiva ________, podrá acordar la disolución de las Cortes de Aragón con anticipación al término natural de la legislatura.

Artículo 52 · Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007)
Respuesta2/5

responsabilidad

«El Presidente, previa deliberación del Gobierno de Aragón y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá acordar la disolución de las Cortes de Aragón con anticipación al término natural de la legislatura.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Disolución de las Cortes de Aragón»?

Artículo 52 · Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007)
Respuesta3/5

Artículo 52

Información4/5

Artículo 52. Disolución de las Cortes de Aragón (apartado 2)

Artículo 52 · Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007)
Contenido4/5

La disolución se acordará por decreto, en el que se convocarán a su vez elecciones, conteniéndose en el mismo cuantos requisitos exija la legislación electoral aplicable.

Completa el hueco5/5

La disolución se acordará por decreto, en el que se convocarán a su vez ________, conteniéndose en el mismo cuantos requisitos exija la legislación electoral aplicable.

Artículo 52 · Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007)
Respuesta5/5

elecciones

«La disolución se acordará por decreto, en el que se convocarán a su vez elecciones, conteniéndose en el mismo cuantos requisitos exija la legislación electoral aplicable.»

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