🗺️ Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007) · BOE-A-2007-8444
Artículo 49 del Estatuto de Autonomía de AragónCuestión de confianza
Texto vigente
1. El Presidente del Gobierno de Aragón, previa deliberación de éste, puede plantear ante las Cortes de Aragón la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general.
2. La confianza se entenderá otorgada cuando el Presidente obtenga la mayoría simple de los votos emitidos.
3. El Presidente, junto con su Gobierno, cesará si las Cortes de Aragón le niegan la confianza. Deberá, entonces, procederse a la elección de un nuevo Presidente.
Flashcards de este artículo
Artículo 49. Cuestión de confianza (apartado 1)
El Presidente del Gobierno de Aragón, previa deliberación de éste, puede plantear ante las Cortes de Aragón la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general.
El Presidente del Gobierno de Aragón, previa ________ de éste, puede plantear ante las Cortes de Aragón la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general.
deliberación
«El Presidente del Gobierno de Aragón, previa deliberación de éste, puede plantear ante las Cortes de Aragón la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general.»
¿Qué artículo lleva por título «Cuestión de confianza»?
Artículo 49. Cuestión de confianza (apartado 2)
La confianza se entenderá otorgada cuando el Presidente obtenga la mayoría simple de los votos emitidos.
La confianza se entenderá otorgada cuando el ________ obtenga la mayoría simple de los votos emitidos.
Presidente
«La confianza se entenderá otorgada cuando el Presidente obtenga la mayoría simple de los votos emitidos.»
Otros artículos de CAPÍTULO II. El Presidente
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