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🗺️ Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007) · BOE-A-2007-5825

Artículo 236 del Estatuto de Autonomía de AndalucíaDelegación Permanente de la Junta de Andalucía

Texto vigente

La Junta de Andalucía tendrá una Delegación Permanente en la Unión Europea como órgano administrativo de representación, defensa y promoción de sus intereses ante las instituciones y órganos de la misma, así como para recabar información y establecer mecanismos de relación y coordinación con los mismos.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 13/05/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 236. Delegación Permanente de la Junta de Andalucía

Artículo 236 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Contenido1/4

La Junta de Andalucía tendrá una Delegación Permanente en la Unión Europea como órgano administrativo de representación, defensa y promoción de sus intereses ante las instituciones y órganos de la misma, así como para recabar información y establecer mecanismos de relación y coordinación con los mismos.

Completa el hueco2/4

La Junta de Andalucía tendrá una Delegación Permanente en la Unión Europea como órgano ________ de representación, defensa y promoción de sus intereses ante las instituciones y órganos de la misma, así como para recabar información y establecer mecanismos de relación y coordinación con los mismos.

Artículo 236 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta2/4

administrativo

«La Junta de Andalucía tendrá una Delegación Permanente en la Unión Europea como órgano administrativo de representación, defensa y promoción de sus intereses ante las instituciones y órganos de la misma, así como para recabar información y establecer mecanismos de relación y coordinación con los mismos.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Delegación Permanente de la Junta de Andalucía»?

Artículo 236 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta3/4

Artículo 236

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «La Junta de Andalucía tendrá una Delegación Permanente en la Unión Europea como órgano administrativo de representación, defensa y promoción de sus…»?

Artículo 236 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta4/4

Artículo 236. Delegación Permanente de la Junta de Andalucía

«La Junta de Andalucía tendrá una Delegación Permanente en la Unión Europea como órgano administrativo de representación, defensa y promoción de sus intereses ante las instituciones y órganos de la misma, así como para recabar información y establecer mecanismos de relación y coordinación con los mismos.»

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