🗺️ Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007) · BOE-A-2007-5825
Artículo 179 del Estatuto de Autonomía de AndalucíaPrincipios rectores de la potestad tributaria
Texto vigente
1. En los términos contemplados en la Constitución y en la Ley Orgánica prevista en el artículo 157.3 de la misma, corresponde al Parlamento la potestad de establecer los tributos, así como la fijación de recargos.
2. La potestad tributaria se ejercerá con arreglo a los principios constitucionales de capacidad económica, justicia, generalidad, igualdad, equitativa distribución de la carga tributaria, progresividad y no confiscatoriedad.
3. Sin perjuicio de su función primordial de recursos para la recaudación de ingresos públicos, los tributos podrán ser instrumentos de política económica en orden a la consecución de un elevado nivel de progreso, cohesión, protección ambiental y bienestar social.
4. La Comunidad Autónoma actuará de acuerdo con los principios de armonización, preservando la unidad de mercado.
Flashcards de este artículo
Artículo 179. Principios rectores de la potestad tributaria (apartado 1)
En los términos contemplados en la Constitución y en la Ley Orgánica prevista en el artículo 157.3 de la misma, corresponde al Parlamento la potestad de establecer los tributos, así como la fijación de recargos.
En los términos contemplados en la Constitución y en la Ley Orgánica prevista en el artículo 157.________ de la misma, corresponde al Parlamento la potestad de establecer los tributos, así como la fijación de recargos.
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«En los términos contemplados en la Constitución y en la Ley Orgánica prevista en el artículo 157.3 de la misma, corresponde al Parlamento la potestad de establecer los tributos, así como la fijación de recargos.»
¿Qué artículo lleva por título «Principios rectores de la potestad tributaria»?
Artículo 179. Principios rectores de la potestad tributaria (apartado 2)
La potestad tributaria se ejercerá con arreglo a los principios constitucionales de capacidad económica, justicia, generalidad, igualdad, equitativa distribución de la carga tributaria, progresividad y no confiscatoriedad.
La potestad tributaria se ejercerá con arreglo a los principios ________ de capacidad económica, justicia, generalidad, igualdad, equitativa distribución de la carga tributaria, progresividad y no confiscatoriedad.
constitucionales
«La potestad tributaria se ejercerá con arreglo a los principios constitucionales de capacidad económica, justicia, generalidad, igualdad, equitativa distribución de la carga tributaria, progresividad y no confiscatoriedad.»
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