Ir al generador

🗺️ Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007) · BOE-A-2007-5825

Artículo 107 del Estatuto de Autonomía de AndalucíaPresencia equilibrada de hombres y mujeres en los nombramientos y designaciones

Texto vigente

En los nombramientos y designaciones de instituciones y órganos que corresponda efectuar al Parlamento de Andalucía regirá el principio de presencia equilibrada entre hombres y mujeres.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 13/05/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/4

Artículo 107. Presencia equilibrada de hombres y mujeres en los nombramientos y designaciones

Artículo 107 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Contenido1/4

En los nombramientos y designaciones de instituciones y órganos que corresponda efectuar al Parlamento de Andalucía regirá el principio de presencia equilibrada entre hombres y mujeres.

Completa el hueco2/4

En los ________ y designaciones de instituciones y órganos que corresponda efectuar al Parlamento de Andalucía regirá el principio de presencia equilibrada entre hombres y mujeres.

Artículo 107 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta2/4

nombramientos

«En los nombramientos y designaciones de instituciones y órganos que corresponda efectuar al Parlamento de Andalucía regirá el principio de presencia equilibrada entre hombres y mujeres.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Presencia equilibrada de hombres y mujeres en los nombramientos y designaciones»?

Artículo 107 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta3/4

Artículo 107

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «En los nombramientos y designaciones de instituciones y órganos que corresponda efectuar al Parlamento de Andalucía regirá el principio de presencia equilibrada…»?

Artículo 107 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta4/4

Artículo 107. Presencia equilibrada de hombres y mujeres en los nombramientos y designaciones

«En los nombramientos y designaciones de instituciones y órganos que corresponda efectuar al Parlamento de Andalucía regirá el principio de presencia equilibrada entre hombres y mujeres.»

Otros artículos de CAPÍTULO I. El Parlamento de Andalucía