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🔍 RD 769/1987 de Policía Judicial · BOE-A-1987-14578

Disposición transitoria segunda del RD 769/1987 de Policía Judicial

Texto vigente

Las atribuciones que este Real Decreto confiere a los Presidentes de los Tribunales de Justicia se entenderán hechas, en cuanto subsistan, a los de las Audiencias Territoriales.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/12/2025. Prevalece siempre el texto oficial.

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Disposición transitoria segunda

Disposición transitoria segunda · RD 769/1987 de Policía Judicial
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Las atribuciones que este Real Decreto confiere a los Presidentes de los Tribunales de Justicia se entenderán hechas, en cuanto subsistan, a los de las Audiencias Territoriales.

Completa el hueco2/3

Las atribuciones que este Real Decreto confiere a los Presidentes de los Tribunales de Justicia se entenderán hechas, en cuanto subsistan, a los de las Audiencias ________.

Disposición transitoria segunda · RD 769/1987 de Policía Judicial
Respuesta2/3

Territoriales

«Las atribuciones que este Real Decreto confiere a los Presidentes de los Tribunales de Justicia se entenderán hechas, en cuanto subsistan, a los de las Audiencias Territoriales.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Las atribuciones que este Real Decreto confiere a los Presidentes de los Tribunales de Justicia se entenderán hechas, en cuanto subsistan, a…»?

Disposición transitoria segunda · RD 769/1987 de Policía Judicial
Respuesta3/3

Disposición transitoria segunda

«Las atribuciones que este Real Decreto confiere a los Presidentes de los Tribunales de Justicia se entenderán hechas, en cuanto subsistan, a los de las Audiencias Territoriales.»

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