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🚓 LO 9/2015 de Régimen de Personal de la Policía Nacional · BOE-A-2015-8468

Artículo 90 de la LO 9/2015 de personal de la Policía NacionalOrganizaciones sindicales no representativas

Texto vigente

Las organizaciones sindicales legalmente constituidas que no hayan obtenido la condición de representativas, conforme a lo establecido en el artículo anterior, tendrán derecho a formular propuestas y elevar informes o dirigir peticiones a las autoridades competentes, así como a ostentar la representación de sus afiliados.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 90. Organizaciones sindicales no representativas

Artículo 90 · LO 9/2015
Contenido1/4

Las organizaciones sindicales legalmente constituidas que no hayan obtenido la condición de representativas, conforme a lo establecido en el artículo anterior, tendrán derecho a formular propuestas y elevar informes o dirigir peticiones a las autoridades competentes, así como a ostentar la representación de sus afiliados.

Completa el hueco2/4

Las organizaciones sindicales legalmente constituidas que no hayan obtenido la condición de ________, conforme a lo establecido en el artículo anterior, tendrán derecho a formular propuestas y elevar informes o dirigir peticiones a las autoridades competentes, así como a ostentar la representación de sus afiliados.

Artículo 90 · LO 9/2015
Respuesta2/4

representativas

«Las organizaciones sindicales legalmente constituidas que no hayan obtenido la condición de representativas, conforme a lo establecido en el artículo anterior, tendrán derecho a formular propuestas y elevar informes o dirigir peticiones a las autoridades competentes, así como a ostentar la representación de sus afiliados.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Organizaciones sindicales no representativas»?

Artículo 90 · LO 9/2015
Respuesta3/4

Artículo 90

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Las organizaciones sindicales legalmente constituidas que no hayan obtenido la condición de representativas, conforme a lo establecido en el artículo anterior, tendrán…»?

Artículo 90 · LO 9/2015
Respuesta4/4

Artículo 90. Organizaciones sindicales no representativas

«Las organizaciones sindicales legalmente constituidas que no hayan obtenido la condición de representativas, conforme a lo establecido en el artículo anterior, tendrán derecho a formular propuestas y elevar informes o dirigir peticiones a las autoridades competentes, así como a ostentar la representación de sus afiliados.»

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