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🚓 LO 9/2015 de Régimen de Personal de la Policía Nacional · BOE-A-2015-8468

Artículo 46 de la LO 9/2015 de personal de la Policía NacionalDestinos

Texto vigente

1. Los Policías Nacionales serán adscritos a un puesto de trabajo de su escala y categoría o subgrupo de clasificación, de los contemplados en el catálogo de puestos de trabajo.

2. Los Policías Nacionales podrán permanecer en activo hasta alcanzar la edad de jubilación. No obstante, los que experimenten una disminución de sus condiciones psicofísicas cuya intensidad les impida el normal cumplimiento de sus funciones, pero no comporte el pase a la situación de jubilación o a la de segunda actividad, pasarán a realizar actividades adecuadas a dichas condiciones psicofísicas. Para apreciar esta disminución se requerirá informe del servicio sanitario.

3. Asimismo podrán ser adscritos a puestos de trabajo, dentro del subgrupo de clasificación de su escala, cuyas funciones estén relacionadas de forma específica con la seguridad, en el Ministerio del Interior, de otros departamentos ministeriales, instituciones y organismos públicos o en organizaciones internacionales, previo informe favorable de la Dirección General de la Policía.

4. Excepcionalmente, y por razón de las características del puesto de trabajo, funcionarios de carrera de la Administración General del Estado podrán ser adscritos a un puesto de trabajo correspondiente a su subgrupo de clasificación, de los contemplados en el catálogo.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 46. Destinos (apartado 1)

Artículo 46 · LO 9/2015
Contenido1/5

Los Policías Nacionales serán adscritos a un puesto de trabajo de su escala y categoría o subgrupo de clasificación, de los contemplados en el catálogo de puestos de trabajo.

Completa el hueco2/5

Los Policías Nacionales serán adscritos a un puesto de trabajo de su escala y categoría o subgrupo de ________, de los contemplados en el catálogo de puestos de trabajo.

Artículo 46 · LO 9/2015
Respuesta2/5

clasificación

«Los Policías Nacionales serán adscritos a un puesto de trabajo de su escala y categoría o subgrupo de clasificación, de los contemplados en el catálogo de puestos de trabajo.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Destinos»?

Artículo 46 · LO 9/2015
Respuesta3/5

Artículo 46

Información4/5

Artículo 46. Destinos (apartado 2)

Artículo 46 · LO 9/2015
Contenido4/5

Los Policías Nacionales podrán permanecer en activo hasta alcanzar la edad de jubilación. No obstante, los que experimenten una disminución de sus condiciones psicofísicas cuya intensidad les impida el normal cumplimiento de sus funciones, pero no comporte el pase a la situación de jubilación o a la de segunda actividad, pasarán a realizar actividades adecuadas a dichas condiciones psicofísicas. Para apreciar esta disminución se requerirá informe del servicio sanitario.

Completa el hueco5/5

Los Policías ________ podrán permanecer en activo hasta alcanzar la edad de jubilación.

Artículo 46 · LO 9/2015
Respuesta5/5

Nacionales

«Los Policías Nacionales podrán permanecer en activo hasta alcanzar la edad de jubilación.»

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