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🚓 LO 9/2015 de Régimen de Personal de la Policía Nacional · BOE-A-2015-8468

Artículo 28 de la LO 9/2015 de personal de la Policía NacionalTribunales

Texto vigente

1. Corresponde al Director General de la Policía la convocatoria de los procesos selectivos de ingreso, la designación de los miembros de los tribunales a quienes corresponderá llevar a cabo la calificación de las pruebas, así como velar por el correcto desarrollo de dichos procesos.

2. Los tribunales estarán constituidos por un número impar de miembros, funcionarios de carrera. Los integrantes de los mismos que pertenezcan a la Policía Nacional deberán poseer, como mínimo, la categoría profesional a la que aspiren los participantes en las pruebas, y los restantes tendrán que estar integrados en cuerpos o escalas funcionariales de igual o superior subgrupo de clasificación al correspondiente a la antedicha categoría.

La pertenencia a dichos tribunales será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

3. La presidencia recaerá en un Policía Nacional en situación de servicio activo, que deberá poseer igual o superior categoría profesional a la que aspiren los participantes en las pruebas.

4. No podrán formar parte de los tribunales el personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual.

5. Los tribunales designados actuarán con plena independencia y discrecionalidad técnica, así como con imparcialidad y profesionalidad. Serán responsables de la objetividad del procedimiento y garantizarán el cumplimiento de las bases de la convocatoria.

6. Los tribunales podrán disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas, de acuerdo con lo previsto en la correspondiente convocatoria, cuyo cometido consistirá en prestar asesoramiento y colaboración técnica en relación con cuestiones propias de sus especialidades.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 28. Tribunales (apartado 1)

Artículo 28 · LO 9/2015
Contenido1/5

Corresponde al Director General de la Policía la convocatoria de los procesos selectivos de ingreso, la designación de los miembros de los tribunales a quienes corresponderá llevar a cabo la calificación de las pruebas, así como velar por el correcto desarrollo de dichos procesos.

Completa el hueco2/5

________ al Director General de la Policía la convocatoria de los procesos selectivos de ingreso, la designación de los miembros de los tribunales a quienes corresponderá llevar a cabo la calificación de las pruebas, así como velar por el correcto desarrollo de dichos procesos.

Artículo 28 · LO 9/2015
Respuesta2/5

Corresponde

«Corresponde al Director General de la Policía la convocatoria de los procesos selectivos de ingreso, la designación de los miembros de los tribunales a quienes corresponderá llevar a cabo la calificación de las pruebas, así como velar por el correcto desarrollo de dichos procesos.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Tribunales»?

Artículo 28 · LO 9/2015
Respuesta3/5

Artículo 28

Información4/5

Artículo 28. Tribunales (apartado 2)

Artículo 28 · LO 9/2015
Contenido4/5

Los tribunales estarán constituidos por un número impar de miembros, funcionarios de carrera. Los integrantes de los mismos que pertenezcan a la Policía Nacional deberán poseer, como mínimo, la categoría profesional a la que aspiren los participantes en las pruebas, y los restantes tendrán que estar integrados en cuerpos o escalas funcionariales de igual o superior subgrupo de clasificación al correspondiente a la antedicha categoría. La pertenencia a dichos tribunales será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

Completa el hueco5/5

Los tribunales estarán ________ por un número impar de miembros, funcionarios de carrera.

Artículo 28 · LO 9/2015
Respuesta5/5

constituidos

«Los tribunales estarán constituidos por un número impar de miembros, funcionarios de carrera.»

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