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🚓 LO 9/2015 de Régimen de Personal de la Policía Nacional · BOE-A-2015-8468

Artículo 23 de la LO 9/2015 de personal de la Policía NacionalUniformidad y distintivos

Texto vigente

1. Los miembros del Cuerpo Nacional de Policía, con carácter general, actuarán de uniforme. En función del destino que ocupen o del servicio que desempeñen, podrán desarrollar su actuación sin uniforme en la forma y condiciones que se determinen.

2. El carné profesional y la placa emblema son los distintivos de identificación de los Policías Nacionales.

3. En el uniforme portarán las divisas de su categoría, emblema o placa emblema y aquellos otros distintivos que se establezcan reglamentariamente.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

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Información1/5

Artículo 23. Uniformidad y distintivos (apartado 1)

Artículo 23 · LO 9/2015
Contenido1/5

Los miembros del Cuerpo Nacional de Policía, con carácter general, actuarán de uniforme. En función del destino que ocupen o del servicio que desempeñen, podrán desarrollar su actuación sin uniforme en la forma y condiciones que se determinen.

Completa el hueco2/5

Los ________ del Cuerpo Nacional de Policía, con carácter general, actuarán de uniforme.

Artículo 23 · LO 9/2015
Respuesta2/5

miembros

«Los miembros del Cuerpo Nacional de Policía, con carácter general, actuarán de uniforme.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Uniformidad y distintivos»?

Artículo 23 · LO 9/2015
Respuesta3/5

Artículo 23

Información4/5

Artículo 23. Uniformidad y distintivos (apartado 2)

Artículo 23 · LO 9/2015
Contenido4/5

El carné profesional y la placa emblema son los distintivos de identificación de los Policías Nacionales.

Completa el hueco5/5

En función del destino que ocupen o del servicio que desempeñen, podrán desarrollar su actuación sin uniforme en la forma y ________ que se determinen.

Artículo 23 · LO 9/2015
Respuesta5/5

condiciones

«En función del destino que ocupen o del servicio que desempeñen, podrán desarrollar su actuación sin uniforme en la forma y condiciones que se determinen.»

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