Ir al generador

🔐 LO 7/2021 de protección de datos en el ámbito penal · BOE-A-2021-8806

Artículo 8 de la LO 7/2021Plazos de conservación y revisión

Texto vigente

1. El responsable del tratamiento determinará que la conservación de los datos personales tenga lugar sólo durante el tiempo necesario para cumplir con los fines previstos en el artículo 1.

2. El responsable del tratamiento deberá revisar la necesidad de conservar, limitar o suprimir el conjunto de los datos personales contenidos en cada una de las actividades de tratamiento bajo su responsabilidad, como máximo cada tres años, atendiendo especialmente en cada revisión a la edad del afectado, el carácter de los datos y a la conclusión de una investigación o procedimiento penal. Si es posible, se hará mediante el tratamiento automatizado apropiado.

3. Con carácter general, el plazo máximo para la supresión de los datos será de veinte años, salvo que concurran factores como la existencia de investigaciones abiertas o delitos que no hayan prescrito, la no conclusión de la ejecución de la pena, reincidencia, necesidad de protección de las víctimas u otras circunstancias motivadas que hagan necesario el tratamiento de los datos para el cumplimiento de los fines del artículo 1.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 20/12/2025. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Artículo 8. Plazos de conservación y revisión (apartado 1)

Artículo 8 · LO 7/2021 de protección de datos en el ámbito penal
Contenido1/5

El responsable del tratamiento determinará que la conservación de los datos personales tenga lugar sólo durante el tiempo necesario para cumplir con los fines previstos en el artículo 1.

Completa el hueco2/5

El ________ del tratamiento determinará que la conservación de los datos personales tenga lugar sólo durante el tiempo necesario para cumplir con los fines previstos en el artículo 1.

Artículo 8 · LO 7/2021 de protección de datos en el ámbito penal
Respuesta2/5

responsable

«El responsable del tratamiento determinará que la conservación de los datos personales tenga lugar sólo durante el tiempo necesario para cumplir con los fines previstos en el artículo 1.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Plazos de conservación y revisión»?

Artículo 8 · LO 7/2021 de protección de datos en el ámbito penal
Respuesta3/5

Artículo 8

Información4/5

Artículo 8. Plazos de conservación y revisión (apartado 2)

Artículo 8 · LO 7/2021 de protección de datos en el ámbito penal
Contenido4/5

El responsable del tratamiento deberá revisar la necesidad de conservar, limitar o suprimir el conjunto de los datos personales contenidos en cada una de las actividades de tratamiento bajo su responsabilidad, como máximo cada tres años, atendiendo especialmente en cada revisión a la edad del afectado, el carácter de los datos y a la conclusión de una investigación o procedimiento penal. Si es posible, se hará mediante el tratamiento automatizado apropiado.

Completa el hueco5/5

Si es posible, se hará mediante el tratamiento ________ apropiado.

Artículo 8 · LO 7/2021 de protección de datos en el ámbito penal
Respuesta5/5

automatizado

«Si es posible, se hará mediante el tratamiento automatizado apropiado.»

Otros artículos de Sección 1.ª Principios y licitud del tratamiento