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🔓 LO 6/1984 de Habeas Corpus · BOE-A-1984-11620

Artículo primero de la LO 6/1984 de Habeas Corpus

Texto vigente

Mediante el procedimiento del «Habeas Corpus», regulado en la presente ley, se podrá obtener la inmediata puesta a disposición de la Autoridad judicial competente, de cualquier persona detenida ilegalmente.

A los efectos de esta ley se consideran personas ilegalmente detenidas:

a) Las que lo fueren por una autoridad, agente de la misma, funcionario público o particular, sin que concurran los supuestos legales, o sin haberse cumplido las formalidades prevenidas y requisitos exigidos por las leyes.

b) Las que estén ilícitamente internadas en cualquier establecimiento o lugar.

c) Las que lo estuvieran por plazo superior al señalado en las leyes, si transcurrido el mismo, no fuesen puestas en libertad o entregadas al Juez más próximo al lugar de la detención.

d) Las privadas de libertad a quienes no les sean respetados los derechos que la Constitución y las leyes procesales garantizan a toda persona detenida.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 16/12/2025. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo primero (1/2)

Artículo primero · LO 6/1984 de Habeas Corpus
Contenido1/5

Mediante el procedimiento del «Habeas Corpus», regulado en la presente ley, se podrá obtener la inmediata puesta a disposición de la Autoridad judicial competente, de cualquier persona detenida ilegalmente. A los efectos de esta ley se consideran personas ilegalmente detenidas: • a) Las que lo fueren por una autoridad, agente de la misma, funcionario público o particular, sin que concurran los supuestos legales, o sin haberse cumplido las formalidades prevenidas y requisitos exigidos por las leyes. • b) Las que estén ilícitamente internadas en cualquier establecimiento o lugar.

Completa el hueco2/5

Mediante el ________ del «Habeas Corpus», regulado en la presente ley, se podrá obtener la inmediata puesta a disposición de la Autoridad judicial competente, de cualquier persona detenida ilegalmente.

Artículo primero · LO 6/1984 de Habeas Corpus
Respuesta2/5

procedimiento

«Mediante el procedimiento del «Habeas Corpus», regulado en la presente ley, se podrá obtener la inmediata puesta a disposición de la Autoridad judicial competente, de cualquier persona detenida ilegalmente.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Mediante el procedimiento del «Habeas Corpus», regulado en la presente ley, se podrá obtener la inmediata puesta a disposición de la Autoridad…»?

Artículo primero · LO 6/1984 de Habeas Corpus
Respuesta3/5

Artículo primero

«Mediante el procedimiento del «Habeas Corpus», regulado en la presente ley, se podrá obtener la inmediata puesta a disposición de la Autoridad judicial competente, de cualquier persona detenida ilegalmente.»
Información4/5

Artículo primero (2/2)

Artículo primero · LO 6/1984 de Habeas Corpus
Contenido4/5

• c) Las que lo estuvieran por plazo superior al señalado en las leyes, si transcurrido el mismo, no fuesen puestas en libertad o entregadas al Juez más próximo al lugar de la detención. • d) Las privadas de libertad a quienes no les sean respetados los derechos que la Constitución y las leyes procesales garantizan a toda persona detenida.

Completa el hueco5/5

A los efectos de esta ley se consideran personas ________ detenidas:

Artículo primero · LO 6/1984 de Habeas Corpus
Respuesta5/5

ilegalmente

«A los efectos de esta ley se consideran personas ilegalmente detenidas:»