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🛡️ LO 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana · BOE-A-2015-3442

Artículo 28 de la LO 4/2015 de seguridad ciudadanaControl administrativo sobre armas, explosivos, cartuchería y artículos pirotécnicos

Texto vigente

1. Corresponde al Gobierno:

a) La regulación de los requisitos y condiciones de fabricación, reparación, circulación, almacenamiento, comercio, adquisición, enajenación, tenencia y utilización de armas, sus imitaciones, réplicas y piezas fundamentales.

b) La regulación de los requisitos y condiciones mencionados anteriormente en relación con los explosivos, cartuchería y artículos pirotécnicos.

c) La adopción de las medidas de control necesarias para el cumplimiento de los requisitos y condiciones a que se refieren los párrafos a) y b).

2. La intervención de armas, explosivos, cartuchería y artículos pirotécnicos corresponde al Ministerio del Interior, que la ejerce a través de la Dirección General de la Guardia Civil, cuyos servicios están habilitados para realizar en cualquier momento las inspecciones y comprobaciones que sean necesarias en los espacios que estén destinados a su fabricación, depósito, comercialización o utilización.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 19/12/2025. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 28. Control administrativo sobre armas, explosivos, cartuchería y artículos pirotécnicos (apartado 1)

Artículo 28 · LO 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana
Contenido1/5

Corresponde al Gobierno: • a) La regulación de los requisitos y condiciones de fabricación, reparación, circulación, almacenamiento, comercio, adquisición, enajenación, tenencia y utilización de armas, sus imitaciones, réplicas y piezas fundamentales. • b) La regulación de los requisitos y condiciones mencionados anteriormente en relación con los explosivos, cartuchería y artículos pirotécnicos. • c) La adopción de las medidas de control necesarias para el cumplimiento de los requisitos y condiciones a que se refieren los párrafos a) y b).

Completa el hueco2/5

La regulación de los requisitos y condiciones de fabricación, reparación, circulación, ________, comercio, adquisición, enajenación, tenencia y utilización de armas, sus imitaciones, réplicas y piezas fundamentales.

Artículo 28 · LO 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana
Respuesta2/5

almacenamiento

«La regulación de los requisitos y condiciones de fabricación, reparación, circulación, almacenamiento, comercio, adquisición, enajenación, tenencia y utilización de armas, sus imitaciones, réplicas y piezas fundamentales.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Control administrativo sobre armas, explosivos, cartuchería y artículos pirotécnicos»?

Artículo 28 · LO 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana
Respuesta3/5

Artículo 28

Información4/5

Artículo 28. Control administrativo sobre armas, explosivos, cartuchería y artículos pirotécnicos (apartado 2)

Artículo 28 · LO 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana
Contenido4/5

La intervención de armas, explosivos, cartuchería y artículos pirotécnicos corresponde al Ministerio del Interior, que la ejerce a través de la Dirección General de la Guardia Civil, cuyos servicios están habilitados para realizar en cualquier momento las inspecciones y comprobaciones que sean necesarias en los espacios que estén destinados a su fabricación, depósito, comercialización o utilización.

Completa el hueco5/5

La regulación de los requisitos y condiciones mencionados anteriormente en relación con los explosivos, cartuchería y artículos ________.

Artículo 28 · LO 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana
Respuesta5/5

pirotécnicos

«La regulación de los requisitos y condiciones mencionados anteriormente en relación con los explosivos, cartuchería y artículos pirotécnicos.»

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