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📋 LO 4/2010 del Régimen disciplinario de la Policía Nacional · BOE-A-2010-8115

Artículo 39 de la LO 4/2010 de régimen disciplinarioPropuesta de resolución

Texto vigente

El instructor cuando considere concluso el expediente formulará propuesta de resolución en la que se fijarán con precisión los hechos, se hará su valoración jurídica para determinar si se estima que se ha cometido la falta y, en su caso, cual sea ésta y la responsabilidad del expedientado, y se señalará la sanción que se debe imponer.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 19/12/2025. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 39. Propuesta de resolución

Artículo 39 · LO 4/2010 del Régimen disciplinario de la Policía Nacional
Contenido1/4

El instructor cuando considere concluso el expediente formulará propuesta de resolución en la que se fijarán con precisión los hechos, se hará su valoración jurídica para determinar si se estima que se ha cometido la falta y, en su caso, cual sea ésta y la responsabilidad del expedientado, y se señalará la sanción que se debe imponer.

Completa el hueco2/4

El instructor cuando considere concluso el expediente formulará propuesta de resolución en la que se fijarán con precisión los hechos, se hará su valoración jurídica para determinar si se estima que se ha cometido la falta y, en su caso, cual sea ésta y la responsabilidad del ________, y se señalará la sanción que se debe imponer.

Artículo 39 · LO 4/2010 del Régimen disciplinario de la Policía Nacional
Respuesta2/4

expedientado

«El instructor cuando considere concluso el expediente formulará propuesta de resolución en la que se fijarán con precisión los hechos, se hará su valoración jurídica para determinar si se estima que se ha cometido la falta y, en su caso, cual sea ésta y la responsabilidad del expedientado, y se señalará la sanción que se debe imponer.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Propuesta de resolución»?

Artículo 39 · LO 4/2010 del Régimen disciplinario de la Policía Nacional
Respuesta3/4

Artículo 39

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «El instructor cuando considere concluso el expediente formulará propuesta de resolución en la que se fijarán con precisión los hechos, se hará…»?

Artículo 39 · LO 4/2010 del Régimen disciplinario de la Policía Nacional
Respuesta4/4

Artículo 39. Propuesta de resolución

«El instructor cuando considere concluso el expediente formulará propuesta de resolución en la que se fijarán con precisión los hechos, se hará su valoración jurídica para determinar si se estima que se ha cometido la falta y, en su caso, cual sea ésta y la responsabilidad del expedientado, y se señalará la sanción que se debe imponer.»

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