Ir al generador

📋 LO 4/2010 del Régimen disciplinario de la Policía Nacional · BOE-A-2010-8115

Artículo 3 de la LO 4/2010 de régimen disciplinarioResponsabilidad civil y penal

Texto vigente

El régimen disciplinario establecido en esta Ley Orgánica se entiende sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en que puedan incurrir los funcionarios, la cual se hará efectiva en la forma que determina la Ley.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 19/12/2025. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/4

Artículo 3. Responsabilidad civil y penal

Artículo 3 · LO 4/2010 del Régimen disciplinario de la Policía Nacional
Contenido1/4

El régimen disciplinario establecido en esta Ley Orgánica se entiende sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en que puedan incurrir los funcionarios, la cual se hará efectiva en la forma que determina la Ley.

Completa el hueco2/4

El régimen ________ establecido en esta Ley Orgánica se entiende sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en que puedan incurrir los funcionarios, la cual se hará efectiva en la forma que determina la Ley.

Artículo 3 · LO 4/2010 del Régimen disciplinario de la Policía Nacional
Respuesta2/4

disciplinario

«El régimen disciplinario establecido en esta Ley Orgánica se entiende sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en que puedan incurrir los funcionarios, la cual se hará efectiva en la forma que determina la Ley.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Responsabilidad civil y penal»?

Artículo 3 · LO 4/2010 del Régimen disciplinario de la Policía Nacional
Respuesta3/4

Artículo 3

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «El régimen disciplinario establecido en esta Ley Orgánica se entiende sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en que puedan incurrir…»?

Artículo 3 · LO 4/2010 del Régimen disciplinario de la Policía Nacional
Respuesta4/4

Artículo 3. Responsabilidad civil y penal

«El régimen disciplinario establecido en esta Ley Orgánica se entiende sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en que puedan incurrir los funcionarios, la cual se hará efectiva en la forma que determina la Ley.»

Otros artículos de TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales