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📋 LO 4/2010 del Régimen disciplinario de la Policía Nacional · BOE-A-2010-8115

Artículo 13 de la LO 4/2010 de régimen disciplinarioCompetencia sancionadora

Texto vigente

Son órganos competentes para imponer sanciones disciplinarias a los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía:

a) Para la imposición de la sanción de separación del servicio por faltas muy graves, el Ministro del Interior.

b) Para la imposición de las sanciones de suspensión de funciones de tres años y un día a seis años y de traslado forzoso por faltas muy graves, el Secretario de Estado de Seguridad.

c) Para la imposición de la sanción de suspensión de funciones hasta tres años por faltas muy graves, así como para la imposición de sanciones por faltas graves, el Director General de la Policía y de la Guardia Civil.

d) Para la imposición de sanciones por faltas leves, los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas, respecto de las cometidas por funcionarios que presten servicio en el territorio de su respectiva Comunidad Autónoma; asimismo, los jefes de órganos centrales hasta el nivel de subdirector general, o asimilados; y los jefes superiores de policía, los jefes de las comisarías provinciales y locales y los jefes de las unidades del Cuerpo Nacional de Policía adscritas a las Comunidades Autónomas, respecto de las cometidas por funcionarios de ellos dependientes.

e) Los órganos competentes para imponer sanciones de una determinada naturaleza, lo son también para imponer sanciones de naturaleza inferior.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 19/12/2025. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 13. Competencia sancionadora (1/2)

Artículo 13 · LO 4/2010 del Régimen disciplinario de la Policía Nacional
Contenido1/5

Son órganos competentes para imponer sanciones disciplinarias a los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía: • a) Para la imposición de la sanción de separación del servicio por faltas muy graves, el Ministro del Interior. • b) Para la imposición de las sanciones de suspensión de funciones de tres años y un día a seis años y de traslado forzoso por faltas muy graves, el Secretario de Estado de Seguridad. • c) Para la imposición de la sanción de suspensión de funciones hasta tres años por faltas muy graves, así como para la imposición de sanciones por faltas graves, el Director General de la Policía y de la Guardia Civil.

Completa el hueco2/5

Son órganos competentes para imponer sanciones ________ a los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía:

Artículo 13 · LO 4/2010 del Régimen disciplinario de la Policía Nacional
Respuesta2/5

disciplinarias

«Son órganos competentes para imponer sanciones disciplinarias a los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Competencia sancionadora»?

Artículo 13 · LO 4/2010 del Régimen disciplinario de la Policía Nacional
Respuesta3/5

Artículo 13

Información4/5

Artículo 13. Competencia sancionadora (2/2)

Artículo 13 · LO 4/2010 del Régimen disciplinario de la Policía Nacional
Contenido4/5

• d) Para la imposición de sanciones por faltas leves, los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas, respecto de las cometidas por funcionarios que presten servicio en el territorio de su respectiva Comunidad Autónoma; asimismo, los jefes de órganos centrales hasta el nivel de subdirector general, o asimilados; y los jefes superiores de policía, los jefes de las comisarías provinciales y locales y los jefes de las unidades del Cuerpo Nacional de Policía adscritas a las Comunidades Autónomas, respecto de las cometidas por funcionarios de ellos dependientes. • e) Los órganos competentes para imponer sanciones de una determinada naturaleza, lo son también para imponer sanciones de naturaleza inferior.

Completa el hueco5/5

Para la imposición de la sanción de ________ del servicio por faltas muy graves, el Ministro del Interior.

Artículo 13 · LO 4/2010 del Régimen disciplinario de la Policía Nacional
Respuesta5/5

separación

«Para la imposición de la sanción de separación del servicio por faltas muy graves, el Ministro del Interior.»