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🟰 LO 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres · BOE-A-2007-6115

Artículo 17 de la Ley de Igualdad (LO 3/2007)Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades

Texto vigente

El Gobierno, en las materias que sean de la competencia del Estado, aprobará periódicamente un Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades, que incluirá medidas para alcanzar el objetivo de igualdad entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 19/12/2025. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 17. Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades

Artículo 17 · LO 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres
Contenido1/4

El Gobierno, en las materias que sean de la competencia del Estado, aprobará periódicamente un Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades, que incluirá medidas para alcanzar el objetivo de igualdad entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo.

Completa el hueco2/4

El Gobierno, en las materias que sean de la competencia del Estado, aprobará ________ un Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades, que incluirá medidas para alcanzar el objetivo de igualdad entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo.

Artículo 17 · LO 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres
Respuesta2/4

periódicamente

«El Gobierno, en las materias que sean de la competencia del Estado, aprobará periódicamente un Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades, que incluirá medidas para alcanzar el objetivo de igualdad entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades»?

Artículo 17 · LO 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres
Respuesta3/4

Artículo 17

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «El Gobierno, en las materias que sean de la competencia del Estado, aprobará periódicamente un Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades, que…»?

Artículo 17 · LO 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres
Respuesta4/4

Artículo 17. Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades

«El Gobierno, en las materias que sean de la competencia del Estado, aprobará periódicamente un Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades, que incluirá medidas para alcanzar el objetivo de igualdad entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo.»

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