💜 LO 1/2004 de violencia de género · BOE-A-2004-21760
Artículo 29 de la LO 1/2004 de violencia de géneroLa Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género
Texto vigente
1. La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, adscrita al Ministerio de Igualdad o al departamento con competencias en la materia, formulará las políticas públicas en relación con la violencia de género a desarrollar por el Gobierno y elaborará la Macroencuesta de Violencia contra las Mujeres. Asimismo, coordinará e impulsará cuantas acciones se realicen en dicha materia, trabajando en colaboración y coordinación con las administraciones con competencia en la materia.
2. La persona titular de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género estará legitimada ante los órganos jurisdiccionales para intervenir en defensa de los derechos y de los intereses tutelados en esta ley en colaboración y coordinación con las administraciones con competencias en la materia.
3. Reglamentariamente se determinará el rango y las funciones concretas de la persona titular de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género.
Flashcards de este artículo
Artículo 29. La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género (apartado 1)
La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, adscrita al Ministerio de Igualdad o al departamento con competencias en la materia, formulará las políticas públicas en relación con la violencia de género a desarrollar por el Gobierno y elaborará la Macroencuesta de Violencia contra las Mujeres. Asimismo, coordinará e impulsará cuantas acciones se realicen en dicha materia, trabajando en colaboración y coordinación con las administraciones con competencia en la materia.
La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, adscrita al Ministerio de Igualdad o al ________ con competencias en la materia, formulará las políticas públicas en relación con la violencia de género a desarrollar por el Gobierno y elaborará la Macroencuesta de Violencia contra las Mujeres.
departamento
«La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, adscrita al Ministerio de Igualdad o al departamento con competencias en la materia, formulará las políticas públicas en relación con la violencia de género a desarrollar por el Gobierno y elaborará la Macroencuesta de Violencia contra las Mujeres.»
¿Qué artículo lleva por título «La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género»?
Artículo 29. La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género (apartado 2)
La persona titular de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género estará legitimada ante los órganos jurisdiccionales para intervenir en defensa de los derechos y de los intereses tutelados en esta ley en colaboración y coordinación con las administraciones con competencias en la materia.
Asimismo, coordinará e impulsará cuantas acciones se realicen en dicha materia, trabajando en colaboración y coordinación con las ________ con competencia en la materia.
administraciones
«Asimismo, coordinará e impulsará cuantas acciones se realicen en dicha materia, trabajando en colaboración y coordinación con las administraciones con competencia en la materia.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
1. La Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer, adscrito de Género, adscrita al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Igualdad o al departamento con competencias en la materia, formulará las políticas públicas en relación con la violencia de género a desarrollar por el Gobierno, Gobierno y elaborará la Macroencuesta de Violencia contra las Mujeres. Asimismo, coordinará e impulsará cuantas acciones se realicen en dicha materia, trabajando en colaboración y coordinación con las Administraciones administraciones con competencia en la materia. 2. El La persona titular de la Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer de Género estará legitimado legitimada ante los órganos jurisdiccionales para intervenir en defensa de los derechos y de los intereses tutelados en esta Ley ley en colaboración y coordinación con las Administraciones administraciones con competencias en la materia. 3. Reglamentariamente se determinará el rango y las funciones concretas del de la persona titular de la Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer. de Género.
- Vigente desde 28/01/2005 · redacción original
- Vigente desde 07/10/2022 · modificado por BOE-A-2022-14630
Otros artículos de TÍTULO III. Tutela Institucional
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.