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🚦 Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015) · BOE-A-2015-11722

Artículo 79 de la Ley de Tráfico y Seguridad VialInfracciones en materia de publicidad

Texto vigente

Las infracciones a lo previsto en el artículo 52 se sancionarán en la cuantía y a través del procedimiento establecido en la legislación sobre defensa de los consumidores y usuarios.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 01/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 79. Infracciones en materia de publicidad

Artículo 79 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Contenido1/4

Las infracciones a lo previsto en el artículo 52 se sancionarán en la cuantía y a través del procedimiento establecido en la legislación sobre defensa de los consumidores y usuarios.

Completa el hueco2/4

Las infracciones a lo previsto en el artículo 52 se sancionarán en la cuantía y a través del ________ establecido en la legislación sobre defensa de los consumidores y usuarios.

Artículo 79 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Respuesta2/4

procedimiento

«Las infracciones a lo previsto en el artículo 52 se sancionarán en la cuantía y a través del procedimiento establecido en la legislación sobre defensa de los consumidores y usuarios.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Infracciones en materia de publicidad»?

Artículo 79 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Respuesta3/4

Artículo 79

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Las infracciones a lo previsto en el artículo 52 se sancionarán en la cuantía y a través del procedimiento establecido en la…»?

Artículo 79 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Respuesta4/4

Artículo 79. Infracciones en materia de publicidad

«Las infracciones a lo previsto en el artículo 52 se sancionarán en la cuantía y a través del procedimiento establecido en la legislación sobre defensa de los consumidores y usuarios.»

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